Sutel niega a El Financiero acceso a datos sobre descargas con Internet móvil

Superintendencia alega que bases de datos en su dominio carecen de "validación" para negar acceso a la información

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El Financiero interpuso hoy un recurso de amparo contra la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) ante la negativa de la institución de entregar la información sobre el consumo de datos que registró cada usuario de Internet móvil en el último mes, para una investigación periodística.

La base de datos, que no revela la identidad de los suscriptores del servicio y otros rasgos de la esfera privada, está bajo el dominio de la Sutel y se alimenta de la información periódica que entregan los tres operadores para efectos de supervisión.

Desde el 19 de junio El Financiero ha hecho diversas solicitudes de datos a la Sutel relacionadas con este tema. La institución hizo entrega de parte de la información pero se ha negado a facilitar las bases de datos, por cuanto estas “están en proceso de validación”, indicó escuetamente Eduardo Castellón, encargado de prensa de Sutel, en un correo electrónico.

Para El Financiero, la “validación” previa que haga Sutel de los datos recibidos de los operadores no es una razón legítima existente en el ordenamiento que justifique impedir a los ciudadanos el acceso a tal información.

El artículo 30 constitucional explícitamente garantiza “el libre acceso a los departamentos administrativos con propósitos de información sobre asuntos de interés público. Quedan a salvo los secretos de Estado.”

Además del secreto de Estado, otro límite razonable al acceso a la información es que la publicación de los datos vulnere la privacidad de las personas. La información solicitada no cumple con ninguna de esas dos características que admitirían la reserva de la entrega de la información. Por lo tanto, al estar en manos de la administración, esta debe ser de acceso de los ciudadanos.

El interés público de los datos se basa en que permitirían saber, con información actualizada y más precisión, cuál es el perfil del consumidor de este servicio e informar a los ciudadanos sobre la dimensión del efecto que tendría un límite de 500 megabytes, que pretende establecer la Sutel. Después de ese tope, se cobrarían 0,0075 por kilobyte consumido (sin incluir impuesto de ventas).

La Sala Constitucional postergó una audiencia pública sobre esta política tarifaria por cuanto, según los magistrados, Sutel no ha suministrado información completa y de calidad que permita una participación plena de los usuarios en tal actividad.