La demanda que ha perdido el Instituto Nacional de Seguros (“INS”) en primera instancia, instaurada contra 2 corredores de reaseguro, obliga entender las bases y el rol de este intermediario de reaseguro y, sobre todo, algunos detalles sobre los hechos que rodean esta situación.
Necesidad de reaseguro. Las aseguradoras necesitan también de una especie de seguro (reaseguro) para cubrir su responsabilidad frente a los asegurados por el eventual pago indemnizaciones, los beneficios varían según esa necesidad:
- Aseguradoras con portafolios de riesgos altamente expuestos a ciertos riesgos como: terremotos, inundaciones, huracanes;
- Aseguradoras con intención de asumir riesgos de altos montos asegurados que superan su capacidad financiera, necesitando dispersar o ceder el riesgo por no poder asumirlo (retenerlo) totalmente;
- Aseguradoras que ingresan a una nueva zona geográfica, por ejemplo, Costa Rica.
En el caso concreto, se trataba de un riesgo asegurado específico que, por su giro y montos expuestos y asegurados, se requería buscar uno para ese tipo de respaldo específico, esos de los llamados "reaseguros facultativos", porque los montos asegurados sobrepasan la capacidad financiera de cualquier aseguradora, no siendo apropiada la retención del riesgo en un 100%:
- Es uno de los seguros más grandes (sino el más grande) que tiene el país;
- Cubría en ese entonces los bienes del GRUPO ICE Y SUBSIDIARIAS ("ICE");
- Monto asegurado: US$5 billones;
- Prima aproximada que pagaba el ICE: US$13 millones anuales.
ROL DEL CORREDOR DE REASEGUROS
Ahora bien, tal y como ocurre con los corredores de seguros que son contratados para su intermediación profesional entre el interesado en obtener un seguro y la búsqueda de la mejor opción en el mercado asegurador; el corredor de reaseguros cumple el mismo objetivo en otro segmento del mercado porque es quien acerca a la Entidad Aseguradora con el mercado de reaseguro, buscando la mejor opción para suscribir finalmente ese contrato de reaseguro.
El rol o función que desempeña el corredor de reaseguros es el de:
“[P]reparar, en colaboración con la compañía, todos los detalles de la oferta de reaseguro (condiciones, estadísticas, información general) y buscar luego el mercado de reaseguro que presente las mejores condiciones, no solamente desde el punto de vista económico, sino también de la solvencia.”[Reinsurance Matters: a manual of the non-life branches, Swiss Re Reinsurance Company].
O, el rol descrito por Lothar Sudekum como:
“[U]na asesoría profesional para sus clientes, concerniente con un óptimo programa de reaseguros, adecuadas retenciones y suficiencia en la capacidad, todo esto basado sobre la experiencia y conocimiento de los corredores de reaseguros de los mercados disponibles. El resultado del programa es entonces colocado para el cliente en mercados confiables y a precios, términos y condiciones competitivas” [Reinsurance Matters: a manual of the non-life branches, Swiss Re Reinsurance Company].
¿Por qué un corredor de reaseguros en este caso concreto? Mientras algunas Aseguradoras mantienen directamente negocios con las Reaseguradoras, otros negocios necesitan esencialmente del “broker” o corredor de reaseguros por la naturaleza compleja del riesgo que se busca reasegurar; en otros casos el intermediario de reaseguros resulta necesario por ley o costumbre, como es el caso en el mercado de los sindicatos de Lloyd´s, quienes NO trabajan los negocios directamente con los aseguradores, sino únicamente a través de los corredores de reaseguros admitidos por la Comisión de Lloyd´s. Por esta razón es que el corredor de reaseguros Howden Insurance Brokers Limited(“Howden”), con sede en Londres, participa en esta especie de “consorcio” con el corredor de reaseguros Hemispheric Reinsurance Group, con sede de Miami (“HRG”).
“Slip” centro de información esencial y detonante de la disputa. Los “slips” de reaseguro son el sistema acostumbrado cuando interviene el corredor de reaseguro para una negociación específica (caso del ICE), el procedimiento se compone habitualmente de las siguientes fases:
- La Aseguradora encarga documentalmente al corredor de reaseguro, bajo ciertas instrucciones, buscar y negociar en el mercado el reaseguro lo que necesita; el encargo se recibe a través de una orden que no requiere de mayor formalidad (salvo instrucciones especiales que el INS establezca);
- El corredor de reaseguro prepara el slip (en algunos casos la Aseguradora), que contiene un resumen conciso de las características más notables de la cobertura de reaseguro que se quiere buscar: Aseguradora; descripción del riesgo; objeto asegurados (en el seguro); sumas; prima de seguro cobrada; cuánto retiene la Aseguradora de ese riesgo;
- Con el Slip, el corredor de reaseguro sale al mercado internacional a buscar al o los reaseguradores interesados, quienes podrían aceptar cubrir con solo la firma de este documento y, por lo tanto, otorgar cobertura en ese instante;
En adelante, podría continuarse la elaboración formal de la Póliza de Reaseguro, sin embargo, no es obstáculo para que ya exista cobertura desde la firma del Slip.
SENTENCIA EN 1era INSTANCIA
Ahora bien, tomando información de la editorial financiera “The Insurance Insider”, el caso concreto se podría resumir como sigue:
- HRG fue el corredor de reaseguro para ese negocio desde el 2007, fue removido y se contrató a otro corredor para llevar el negocio pero el ICE exigió que se realizara un procedimiento formal con 3 alternativas para el corretaje de reaseguro, en la cual participaron conjuntamente HRG y HOWDEN (este último autorizado en el mercado de Lloyds), quienes finalmente ganan el proceso;
- El INS alega que luego de colocar el negocio en Lloyds (abril 2009), obtiene copia de Slips de algunos reaseguradores que muestran una prima mucho más alta que la que debía ser y, por lo tanto, el compromiso profesional de los corredores de reaseguro fue más allá de los términos y condiciones pactados, no en el concurso (“beauty contest”) para obtener las coberturas, sino en lo que se pactó bajo un contrato que originalmente se había celebrado, negociando un precio de comisión fija ;
- El Jurado determinó el 4 de marzo pasado que la comisión de reaseguro originalmente pactada no aplicaba de manera tácita o implícita en esta nueva colocación de riesgos en el mercado producto de este nuevo concurso o terna ("beauty contest"), siendo el tema de discusión si es un simple "concurso" o una especie de proceso de contratación administrativa. Por ser servicios internacionales los del corretaje de reaseguros, no debería considerarse como parte de un proceso de contratación administrativa, tema que también podría estar en discusión;
Mucha responsabilidad. En negocios como estos que son de máxima buena fe, el corredor de reaseguros mantiene un rol de mucha responsabilidad porque es el centro de información de lo que oferta la aseguradora como riesgo y lo que aceptan cubrir las reaseguradoras; concentrado en un Slipsobre el que se puede negociar y eventualmente modificar el contenido en busca del negocio para la aseguradora; mediando información de tarifas, precios y otros términos o condiciones que podrían repercutir en la negociación final.
Laguna normativa local. Esta figura, la cual trasciende las fronteras costarricenses y no afecta “directamente” a los asegurados, no fue regulada por el legislador al crearse las leyes, pudiendo convertirse un tema de amplia discusión en razón de la propia naturaleza del mercado internacional de reaseguro (abierto y consuetudinario). Actualmente lo que se procura es delegar a la Aseguradora la responsabilidad de contratación del reaseguro y de los intermediarios de reaseguros, debiéndose crear manuales y políticas de reaseguro para este objetivo.
SUGESE conoce la ausencia de regulación. La dirección jurídica de SUGESE emitió un criterio hacia finales del año 2012 respecto a esta figura dentro de la regulación costarricense y confirmándose que la Ley Reguladora del Mercado de Seguros no establece disposiciones legales, por lo tanto, no es posible supervisar esta figura ni aplicar sanciones o castigos a entidades que ejerzan la correduría de reaseguro; simplemente no está tipificada normativamente.
Conclusión. Este negocio es complejo y de costumbres, se maneja en términos de máxima buena fe, donde las formalidades documentales no son esenciales, sin embargo:
- El control de negocios se acentúa cuando la aseguradora es una entidad estatal, doblemente controlada en estos temas, tanto por SUGESE en lo ordinario, como por la Contraloría General de la República (CGR) en lo relativo a la contratación administrativa.
- Sería prudente analizar razones concretas sobre las ventajas o desventajas de mantener una ausencia normativa o, al menos, crear una regulación mínima que promueva alguna especie de control sobre los corredores de reaseguro. ¿Será esa la clave?