Economía y Política

Hacienda actualiza tramos para pago de impuesto sobre la renta a la baja

Variación de los tramos deberá aplicarse a sueldos, sobresueldos, salarios, premios, entre otros rubros.

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Cerciórese de declarar todos sus ingresos del período fiscal y de deducir solo los gastos que corresponden. Así evitará fiscalizaciones, el tener que rectificar y eventualmente tener que pagar multas e intereses. (Thinkstock para EF)

Las personas que ganan menos de ¢787.000 están exentas del impuesto de renta, las que ganan más de ese monto y menos de ¢1.181.000 de ingreso mensual pagarán un 10% y las que ganan por encima de ¢1.181.000 mensual tendrán que tributar un 15%.

A la fecha, el monto exento cubría a contribuyentes por debajo de los ¢793.000.

Según estimaciones de Hacienda, las personas pagarán como máximo ¢600 más, por mes, de tributo.

Así quedó establecido en la actualización de los tramos de renta que hace el ministerio de Hacienda anualmente, y que fueron dados a conocer la tarde de este lunes.

De acuerdo con la entidad, el cambio en los tramos regirán a partir del 1 de octubre próximo, la misma toma como referencia la variación del Índice de Precios al Consumidor de los 12 meses que concluyeron en el mes de agosto, resultado que arrojó una disminución del índice de 0,74%.

De esta forma, para las personas que ganan más de ¢1.181.000 por mes deberán pagar aproximadamente ¢1.050 más de impuesto.

En este caso, de igual forma, el ajuste fue a la baja. Hoy, el rango está por encima de ¢1.1 90 .000

"El ajuste planteado en los tramos de renta es una modificación que se hace todos los años al iniciar el año fiscal. Por primera vez en mucho tiempo, debido a la evolución de la inflación, implicó un ajuste a la baja. El pago adicional de impuesto es mínimo, pero si algún asalariado tiene alguna duda sobre la aplicación de la modificación en su caso particular, puede acercarse a las oficinas de Tributación en todo el país para poder plantear sus inquietudes", señaló el viceministro de Ingresos, Fernando Rodríguez.

La variación de los tramos deberá aplicarse a sueldos, sobresueldos, salarios, premios, bonificaciones, gratificaciones, comisiones, pagos por horas extraordinarias, regalías, dietas y participaciones, así como a las jubilaciones y pensiones de cualquier régimen.

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