Economía y Política

Declaraciones D-151 y D-152, ¿quién debe presentarlas, por qué y qué pasa si no se realizan?

El 28 de febrero vence el plazo para que los contribuyentes presenten las declaraciones informativas D-151 (resumen anual de clientes, proveedores y gastos específicos) y D-152 (retenciones impuestos únicos y definitivos)

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Las personas físicas y jurídicas que gestionaron compras y ventas bajo el régimen simplificado, es decir sin emisión de factura electrónica, tienen que realizar la declaración de dichas transacciones nacionales antes del 28 de febrero.








Tatiana Soto Morales

Tatiana Soto Morales

Periodista graduada de la Universidad Federada San Judas Tadeo. Tiene experiencia en temas de ambiente, salud, economía y deportes.

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