Plan para bajar prescripción de deudas de trabajadores independientes con CCSS a 4 años supera filtro de la Sala IV

El proyecto de Ley del Trabajador Independiente (21.434) modifica el lapso de prescripción de estas deudas que actualmente es de hasta 10 años

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La Sala IV dio el visto bueno al proyecto de Ley del Trabajador Independiente (21.434), que propone reducir a cuatro años el plazo de prescripción que aplica la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) sobre las deudas de trabajadores independientes que no formalizaron sus operaciones a tiempo o que estaban inscritos pero no cotizaron en algunos períodos.

Mediante un comunicado de prensa, la Sala informó este martes 14 de febrero que “por mayoría, se considera que dicho proyecto no contiene vicios de fondo”.

La consulta de constitucionalidad había sido planteada por un grupo de diputados de los partidos Liberación Nacional (PLN) y Frente Amplio (FA), quienes manifestaron dudas sobre varios elementos del texto como una posible extralimitación en algunos mandatos que hace a la Caja.

El lapso de prescripción de estas deudas actualmente es de hasta 10 años, lo que aumenta los montos que puede cobrar la institución. La propuesta reducción de plazo pretende que más personas se acerquen a la Caja, se sumen a la cobertura de sus seguros y coticen para ellos.

El proyecto de ley también establece que los montos adeudados que se declaren prescritos no tendrían que generar derechos al contribuyente (por ejemplo, sumar cuotas para una eventual pensión).

La iniciativa de ley ya se aprobó en primer debate, el pasado 12 de diciembre, con el voto favorable de los 48 legisladores presentes en el Congreso ese día, por lo que el siguiente paso será la discusión y votación en segundo debate.

A pesar de que el voto de la Sala fue positivo por mayoría, al menos tres magistrados coincidieron en considerar el transitorio I y II del proyecto inconstitucionales bajo el argumento de que vulneran la autonomía de administración y de gobierno de los seguros sociales de la CCSS.

El transitorio I delega a la Caja la tarea de realizar los ajustes en sus sistemas de información, así como a reglamentar las condiciones, los requisitos y los trámites necesarios para la implementación de la ley en un plazo de seis meses desde la aprobación.

El transitorio II habla sobre el método de aplicación y le encarga a la entidad difundir los beneficios de la ley a través de campañas publicitarias de alcance nacional.