¿Qué sigue para el plan de reforma al empleo público en el Congreso?

La iniciativa recién entró para análisis de la Comisión de Consultas de Constitucionalidad, que tendrá 15 días hábiles para ajustar el texto

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El proyecto de Ley Marco de Empleo Público (21.336) reactivó su camino en la Asamblea Legislativa, tras la llegada a Cuesta de Moras del fallo completo de la Sala Constitucional en relación con el expediente.

Después de mes y medio de espera, el tribunal entregó la resolución completa, de más de 700 páginas, al Congreso.

Este era un paso fundamental para que los diputados pudieran continuar con el trámite del proyecto, sobre el cual los magistrados realizaron señalamientos. Para seguir adelante con el texto, los legisladores primero tendrán que analizar las indicaciones de los altos jueces, ya sea para realizar ajustes a la redacción del texto o desecharlo.

EF le explica qué pasará de ahora en adelante con la reforma al empleo público: el proyecto que, entre otros objetivos, pretende imponer restricciones a la negociación de convenciones colectivas y establecer una escala salarial única para los funcionarios estatales, que borre el actual sistema de incentivos monetarios.

¿Qué resolvió la Sala?

La Sala Constitucional determinó que el trámite del proyecto de ley no infringió la Constitución Política en términos procedimentales. Es decir, señaló que la iniciativa puede continuar su camino legislativo, porque no hubo errores en su formulación que impliquen la nulidad de ningún acto de los diputados hasta el momento.

Los magistrados también avalaron la imposición de restricciones a la generación de pluses salariales o de nuevos gastos excepcionales, vía convenciones colectivas; así como la aplicación de un sistema salarial único para todos los trabajadores del Estado.

Asimismo, los altos jueces calificaron como constitucional la polémica norma de “objeción de conciencia” que le permitiría a funcionarios públicos solicitar su exclusión de aquellas capacitaciones obligatorias que, según consideren, irían en contra de sus creencias religiosas, éticas o morales.

No obstante, la Sala sí determinó que el proyecto tenía roces constitucionales con la independencia de poderes y la autonomía reconocida constitucionalmente para varias entidades, como las universidades públicas y el Poder Judicial. Esto fue así porque se estableció que el Ministerio de Planificación (Mideplan) tendría facultades de dirección administrativa, en términos de empleo público, sobre algunos lineamientos generales de esas instituciones.

El análisis de la Sala es uno de los más complejos que ha realizado ese tribunal, según afirmó el propio presidente del tribunal, Fernando Castillo. Este razonamiento derivó en un documento de 767 páginas y un formato de redacción por temas, con notas separadas, que es el que hoy analizan los legisladores.

¿En dónde está el proyecto actualmente?

El proyecto de ley pasó a estudio de la Comisión de Consultas de Constitucionalidad.

Este es un foro legislativo que se encarga de revisar las respuestas que envía la Sala Constitucional ante la consulta de los legisladores y puede adaptar los expedientes de ley según las observaciones que reciben.

El artículo 146 del Reglamento de la Asamblea Legislativa establece que, cuando existan objeciones de la Sala sobre el proyecto en discusión, la Presidencia del Congreso lo enviará al foro de Consultas por un plazo razonable para su estudio.

La presidenta legislativa, Silvia Hernández, del Partido Liberación Nacional (PLN), estableció un plazo de 15 días hábiles; los cuales se empezaron a descontar a partir de este jueves 30 de setiembre. Sin embargo, el foro podría pedir una prórroga si lo requiere.

La también liberacionista, Ana Lucía Delgado (quien preside el foro de Consultas de Constitucionalidad), afirmó a EF que actualmente se está en un proceso de revisión sobre el fallo completo que envió la Sala y que ya se solicitó un criterio del Departamento de Servicios Técnicos del Congreso sobre el mismo.

“Se está revisando la sentencia integral para eliminar las inconstitucionalidades dispuestas”, dijo Delgado.

La presidenta Hernández aseguró que para este proceso se espera el acompañamiento técnico del Poder Ejecutivo, de modo que haya mayor certeza a la hora de incorporar los señalamientos de la Sala en el proyecto.

¿Cuánto tiempo puede tardar en esta fase?

Si bien la presidenta Hernández fijó un plazo de 15 días hábiles para el trámite de la Comisión de Consultas, el proyecto podría tardar aún más de esas tres semanas en ese espacio si los diputados del foro solicitan más tiempo.

Esta es una facultad que tienen y que puede alargar el proceso.

La presidencia de la Comisión de Consultas, además, puede solicitar aclaraciones sobre el fallo al tribunal constitucional; sin embargo, el grupo de diputados puede realizar su dictamen de recomendación al Plenario sobre el proyecto aún sin haber recibido las observaciones de los magistrados.

Una vez que la comisión dictamine el proyecto y proponga una redacción ajustada a lo dispuesto por la Sala, podrá remitirlo al Plenario legislativo para seguir con el trámite.

Este, a su vez, deberá decidir si acoge o no las recomendaciones de la comisión y, si es la recomendación del foro, volver a votar el proyecto con eventuales reformas.

¿Qué sigue después de las enmiendas?

Si la Comisión de Consultas realiza enmiendas al texto de ley para continuar con su trámite en el Plenario y repetir su votación en primer debate, el proyecto también deberá pasar de nuevo a su etapa de consulta obligatoria a instituciones.

Entre estas consultas, el Congreso deberá enviar el texto para estudio de la Corte Suprema de Justicia.

Este trámite generalmente tarda unos ocho días y es importante para definir posibles conflictos con las entidades específicas.

¿Qué votaciones debe experimentar?

Como la Comisión de Consultas emitirá una o varias recomendaciones sobre el proyecto, a través de uno o de varios dictámenes, ellas se someterán a votación del Plenario legislativo para ser acogidas.

Luego, una vez votadas las diferentes recomendaciones (adoptadas o no), el texto podrá votarse en primer y segundo debate.

El texto ya había sido aprobado en una ocasión en primer debate; sin embargo, ahora requeriría de nuevo enfrentar la primera votación, si es que se le aplican reformas por instancia de la Comisión de Consultas de Constitucionalidad.

¿Cuántos votos requeriría la reforma?

Dependerá de qué responda la Corte Suprema de Justicia sobre el proyecto.

El artículo 167 de la Constitución Política establece que para la discusión y aprobación de proyectos de ley que se refieran a la organización o funcionamiento del Poder Judicial, la Asamblea Legislativa tendrá que consultar a la Corte y, si el Congreso requiere apartarse del criterio del Poder Judicial, necesitará aprobar la iniciativa con al menos 38 votos de los 57 posibles (mayoría calificada).

En caso contrario, solo requeriría mayoría simple de los diputados presentes en el momento de la votación (más de la mitad).

La diferenciación se aplica solo para los segundos debates; es decir, las primeras votaciones pueden realizarse siempre con mayoría simple, según la costumbre legislativa.

El diputado del Partido Acción Ciudadana (PAC), Víctor Morales, mencionó a EF que por eso será especialmente interesante analizar la posición de la Corte una vez que se atiendan los señalamientos de la Sala Constitucional, de cara a las eventuales votaciones de la iniciativa en primero y segundo debate.

También lo mencionó la presidenta del Congreso, Hernández. “Si ellos señalan que las modificaciones no riñen o no implican cambios en la organización de la Corte, eso daría camino para definir la cantidad e votos que requiera este proyecto para su votación final”, concluyó.

¿Qué panorama encuentra el proyecto?

La iniciativa regresa al Congreso en medio de incertidumbre.

Una tendencia aparentemente mayoritaria de diputados puja para corregir el proyecto y aprobarlo. Sin embargo, todavía se desconoce si alcanzará o no el respaldo que necesita para convertirse en Ley de la República.

La iniciativa es una reforma estructural comprometida por el Gobierno de Costa Rica como parte de su acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI), y se trata de la medida con un mayor impacto fiscal en materia de contención de gasto pendiente de tramitar de las relacionadas con el convenio.

El Poder Ejecutivo espera conseguir la aprobación del proyecto con el respaldo de los 32 legisladores que ya lo apoyaron en junio, antes de su consulta a la Sala Constitucional; así como de algunos otros legisladores que pudiera conseguir entre los 10 que no estuvieron presentes en ese primer momento y de algunos otros que puedan cambiar de posición ante la inclusión de eventuales cambios en el texto.