Restricción vehicular por COVID-19 será menos estricta de lo previsto entre 26 de julio y 8 de agosto

La restricción ahora le permitirá a los conductores circular cinco días a la semana

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La restricción vehicular sanitaria para restringir la movilidad de personas en medio de la pandemia de COVID-19 ya no será más estricta entre estos 26 de julio y 8 de agosto, como estaba previsto desde inicios de mes.

La restricción vehicular continuará tal como en las últimas dos semanas, de modo que las personas puedan circular en sus vehículos de 5:00 a.m. a 9:00 p.m. cinco días a la semana, según la terminación de su número de placa.

Los conductores tendrán prohibido utilizar sus vehículos los días:

  • Lunes: cuando sus placas terminen en 1 y 2
  • Martes: en 3 y 4
  • Miércoles: en 5 y 6
  • Jueves: en 7 y 8
  • Viernes: en 9 y 0
  • Sábado: en números pares (31 de julio), en números impares (7 de agosto)
  • Domingo: en números impares (1 de agosto), en números pares (8 de agosto)

Inicialmente se había anunciado que para este período únicamente circularían vehículos con placas pares un día e impares el siguiente, sin embargo, la decisión se replanteó “para equilibrar la pandemia y la recuperación económica”, según redactó el Ejecutivo en un comunicado de prensa.

La restricción no aplicará para aquellos conductores con carta de excepción por motivos laborales, en caso de emergencia o por cita médica, entre un total de 20 condiciones posibles. También será una excepción el traslado de menores de edad a instituciones educativas.

Medidas se mantienen

Las demás restricciones en materia de aforo comercial y de eventos sociales, hasta este 8 de agosto, se mantendrán tal como se anunciaron a inicios de mes.

Bares tendrán que funcionar a un 25% de capacidad, hoteles de más de 100 habitaciones a un 75% de su capacidad y parques nacionales a un 50%, con excepción del Volcán Poás, que ya tenía una capacidad reducida desde antes de la emergencia.

El horario de apertura de playas también se mantendrá y será de entre 5:00 a.m. y 6:00 p.m.

El horario de funcionamiento de locales comerciales de modo presencial también se mantendrá hasta las 9 p.m., y los mecanismos de transporte público como buses y trenes no podrán transportar pasajeros de pie.

Las actividades académicas, empresariales y de culto tendrán un aforo máximo de hasta las 300 personas, siempre y cuando se pueda guardar una distancia de al menos 1,8 metros entre participantes; mientras que el máximo será de 75 personas para eventos sociales, bajo la misma condición.