Sugef reconoce que debería velar por idoneidad de directivos de bancos públicos

Ni el Gobierno, ni el regulador evalúan trabajo individual de cada integrante de las juntas

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.


Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.


Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

La actuación de la anterior Junta Directiva del Banco de Costa Rica (BCR) encendió las luces de alerta. Dos créditos aprobados en condiciones dudosas que se encuentran bajo investigación por parte del Congreso y la Fiscalía, despertaron las dudas.

El debate va más allá del poder que tienen los directores para tomar decisiones estratégicas (como aprobar un gran crédito), y se eleva a cuestionamientos sobre la forma en que el Gobierno nombra a estas personas, y los pocos mecanismos de evaluación sobre la labor individual de cada integrante de las juntas.

LEA: Caso del BCR revela la ausencia de supervisión sobre juntas directivas de bancos estatales

Javier Cascante, jerarca de la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef), aceptó que esta institución debería pronunciarse sobre la idoneidad de cada directivo antes de ser nombrados por el Consejo de Gobierno, tal y como ocurre en otros países.

El Superintendente también reconoció que no existen evaluaciones para los directores durante su gestión, labor que recae sobre cada institución bancaria.

El dilema de la idoneidad

Todo dilema presenta diferentes alternativas para resolver un conflicto, en el caso de la elección de los miembros de las juntas directivas de los bancos del Estado, la situación no es diferente.

Sergio Alfaro, ministro de la Presidencia, lo planteó en forma de pregunta: "¿Cómo podemos saber si una persona es apta e idónea para ocupar un cargo en la directiva de un banco?"

Si bien, la respuesta depende de muchas variables, lo cierto es que la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional permite al Gobierno designar "a dedo" a los directivos de las entidades bancarias del Estado.

En este caso el criterio de idoneidad depende de la valoración que hace el Ejecutivo sobre el currículo, la experiencia y la trayectoria de cada candidato a ocupar un silla en los consejos directivos de las entidades financieras.

También es cierto que estos cargos muchas veces se designan como "botín político" a personas sin experiencia o con poco conocimiento en banca, apuntó el economista Gerardo Corrales.

Sin embargo, para Cascante sí existen ciertos criterios básicos que se podrían tomar en cuenta para definir la idoneidad de una persona que aspira convertirse en directivo.

El primer requisito debe ser el conocimiento del mercado financiero y la experiencia sobre el área de banca en la que va a desarrollar su labor.

Como segundo punto, se debe garantizar que la persona tenga independencia para tomar decisiones y para formar su propio criterio.

"Los nombramientos van a ser tomados por un órgano político, pero eso no quita que las decisiones de un banco son técnicas y requieren conocimiento. Por lo tanto, la persona tiene que mantener un criterio de independencia", precisó el Superintendente.

El tercer elemento para determinar si una persona se ajusta al cargo, es que cuente con el tiempo necesario para desarrollar un proceso de análisis amplio antes de emitir criterio sobre una decisión importante del banco.

Pese a que la Sugef tiene claros los requisitos de idoneidad necesarios para los directivos de bancos estatales, actualmente no emite criterio, ni vela por el cumplimiento de estas condiciones porque se carece de normativa que lo instruya.

Eso sí, existe un proyecto de ley impulsado por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) que pretende cambiar las reglas.

La iniciativa –que cuenta con el respaldo de Sugef– permitiría al Consejo solicitar la remoción de directivos, o bien, oponerse con fundamento técnico al nombramiento de algunas personas en estos cargos.

LEA: Ministro de la Presidencia: 'Vamos a cambiar el mecanismo para elegir directivos'

Sugef tampoco evalúa

Las juntas directivas de los bancos estatales tienen siete miembros, quienes son designados por el Consejo de Gobierno por un periodo de ocho años.

Ni el Ejecutivo, ni la Sugef hacen evaluaciones individuales del trabajo que ejecuta cada uno de los directores en ese tiempo.

"Mecanismos de evaluación individual no hay, para ser muy franco. Lo que sí hay es una valoración del gobierno corporativo de la entidad", señaló Cascante.

Actualmente solo se hacen evaluaciones del trabajo grupal que desarrolla toda la junta.

"Nosotros lo que hacemos es una valoración de los órganos de dirección como un todo, al final nos interesa la dinámica de toda la junta directiva", agregó.

La ausencia de mecanismos para medir el trabajo individual de los directores en Costa Rica, es contraria a las buenas prácticas internacionales elaboradas por el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, Suiza.

Este organismo señala que cada integrante de un consejo directivo bancario debe ser evaluado, al menos, una vez cada año.

Según Cascante, esta tarea debería ejecutarse en Costa Rica, por medio de sistemas que la misma junta designa para medir la eficiencia de su trabajo.

"Las evaluaciones internas de cómo funcionan los órganos de dirección, las hacen, en los países desarrollados, las propias directivas, que tienen mecanismos de automedición para garantizar que cumplan con una serie de cualidades", comentó.

De esta forma el banco se encarga de medir la eficiencia de sus directivos, y el regulador –Sugef en el caso de Costa Rica– vela por la gestión de toda la junta.

Camisa de fuerza

Las prácticas de Basilea dictan que una buena forma de constituir el consejo directivo, es mediante la creación de perfiles para cada uno de sus miembros.

Esta norma también indica que las directivas deben conformarse por especialistas en banca, finanzas, análisis de riesgo, tecnologías de la información, planificación estratégica, entre otros.

En Costa Rica, la Ley solo pide que cuatro de los ocho integrantes tengan al menos el grado académico de licenciatura, que uno sea economista, y otro, abogado.

Cascante consideró que la experiencia y el conocimiento del área en el que va a trabajar un directivo es más importante que sus títulos y especialidades.

Es cierto que la definición de perfiles es una buena práctica internacional, pero muchas veces se convierte en una "camisa de fuerza" para nombrar a alguien que quizá sea idóneo por su independencia y conocimiento, pero no tiene el título requerido.

Por mejorar

Reto: Análisis de idoneidad de los directivos de bancos públicos.

¿Cómo resolverlo? Mediante criterios como la experiencia, la independencia y el tiempo que puede dedicar un director a las labores de la entidad financiera que le corresponde.

Reto: Oponerse a nombramientos de personas que no sean idóneas.

¿Cómo resolverlo? Existe un proyecto de ley que pemitiría al Conassif hacer este cambio, e incluso, solicitar al Gobierno la remoción de un director con base en criterio técnico.

Reto: Aumentar el peso de la evaluación de gobierno corporativo.

¿Cómo resolverlo? Actualmente las prácticas de gobierno corporativo se incluyen en el 20% de la calificación cualitativa que hace la SUGEF a cada banco público del país. Con la entrada en vigencia del nuevo reglamento se aumentará ese porcentaje.

Fuente: Javier Cascante, Sugef.