Aceptaciones bancarias están bajo límites al crecimiento de crédito

Esquema de negociación no registra, hasta ahora, participantes ni operaciones

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El instrumento bursátil de las aceptaciones bancarias, relanzado en marzo pasado por la Bolsa Nacional de Valores (BNV) como forma de financiamiento para empresas, es considerado por la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) como un crédito y, por lo tanto, está bajo la directriz que limita el crecimiento al crédito emitida por el Banco Central de Costa Rica a finales de enero del 2013.

El pasado 7 de marzo, la BNV aprobó la constitución de una rueda de negociación para las aceptaciones bancarias, la cual quedó disponible el día 13 del mismo mes. Hasta este 4 de abril, ninguna entidad ha entrado en ese esquema de negocio y la Bolsa tampoco ha recibido solicitudes de ingreso.

El jerarca de Sugef, Javier Cascante, confirmó a EF que este tipo de instrumentos entran en la definición de crédito al sector privado no financiero, pues las entidades bancarias asumen un riesgo y también estarían proveyendo fondos o facilidades crediticias.

Las aceptaciones bancarias son instrumentos que se negocian en un mercado abierto constituidas por una letra de cambio que, en este caso, una empresa elabora como compromiso de pago a cambio de recibir recursos. El banco entra en el esquema porque brinda un aval de este documento, el cual sirve como respaldo para quien decide otorgar los recursos y es el que las negocia en la Bolsa.

El mecanismo establece que un inversionista compraría la aceptación bancaria cuando esta sea emitida y avalada por un banco, posteriormente los recursos se destinan a quien necesita el dinero, quien, a su vez, al final del periodo convenido, debe cancelar la deuda.

En un principio se vislumbró que la medida evitaría que los bancos aumentaran sus carteras crediticias debido a que el dinero que reciban proviene de eventuales inversionistas.

Sin embargo, en una respuesta de Cascante enviada a EF se detalla que la petición del BCCR para limitar las carteras de crédito remite expresamente al Manual para preparar informes mensuales, documento que contiene el Plan de cuentas para entidades financieras, que indica que en la cartera de créditos deben estar las aceptaciones bancarias en la subcuenta "Otras aceptaciones vigentes". "En esta se señala que se deben registrar los saldos originados en la aceptación de letras u otros documentos girados contra las entidades, que se encuentren dentro de su plazo de vigencia".

EL BCCR estableció un techo al aumento de los portafocios de crédito de los bancos de un 9% entre febrero y octubre de este año, lo cual significa un límite del 12,2% para todo el 2013.

Cascante añadió que la decisión de incluir a las aceptaciones bancarias en la regulación también se ampara en que la decisión del BCCR definió crédito al sector privadro no financiero como toda operación formalizada por un intermediario financiero con personas físicas o jurídicas, cualquiera que sea la modalidad como se instrumente o documente, mediante la cual y bajo asunción de un riesgo, dicho intermediario provea fondos o facilidades crediticias en forma directa.

"En el caso de las denominadas aceptaciones bancarias, corresponden a la situación en la que un banco acepta letras de cambio giradas por su cliente, a su propia orden o a la de un tercero o letras giradas por un tercero a cargo del banco. En este esquema de funcionamiento, las entidades financieras participarían brindando un aval a dichas letras de cambio, aval que sirve como respaldo para quien decide otorgar los recursos", agrega la interpretación de la Sugef.