¿Cómo se activa un embargo salarial?, ¿pone en peligro el empleo del trabajador?

Los embargos salariales son un una herramienta de la que disponen acreedores para cobrar a sus deudores cuando incumplen. ‘EF’ le explica los detalles de este trámite, cómo y cuándo se activa, y cuáles son las implicaciones para la persona afectada

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Ante los elevados niveles de endeudamiento en Costa Rica, los casos de embargo salarial son una realidad común.

El Poder Judicial contabiliza 749.000 expedientes por reclamos de dinero, según datos del Observatorio Judicial a agosto de este año (último registro disponible). En ese mes se registraron más de 10.300 casos nuevos y casi 8.800 fueron resueltos.

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¿Cómo se activa este trámite y cuáles son sus implicaciones legales para la persona a la que se le aplica? EF le explica los detalles de este proceso legal.

¿Qué es un embargo salarial?

Un embargo salarial es una de las herramientas que tiene cualquier persona o empresa para gestionar el cobro de una deuda cuando la persona deudora no cumple con el pago.

Para ello, primero, el acreedor (quien prestó el dinero) tiene que hacer su reclamo por la vía judicial, el cual puede tardar meses o incluso años.

“Posterior a esto, es el juez competente quien expide los oficios correspondientes dirigidos a la parte patronal del deudor, oficio que debe ser notificado formalmente en el domicilio del patrono, y es de esta forma que el mismo se ve obligado a aplicar el embargo de salario”, explicó el Kendall Ruiz, de Aselecom Abogados.

¿Cuánto tarda en aplicarse el embargo?

La aplicación del embargo debe realizarse tan pronto se recibe la orden del juez y corresponde al patrón hacer las gestiones correspondientes para retener el monto debido, explicó Mario Hidalgo, socio líder de Impuestos de Grant Thornton.

¿Cómo se gestiona el proceso?

Existen varios pasos una vez que el juez ordena el embargo:

Paso 1. Una vez que el patrón recibe de la notificación judicial con el mandamiento de embargo, este debe iniciar con el proceso correspondiente.

Paso 2. Una vez que se recibe la notificación, el empleador debe informar a la persona afectada sobre la existencia de la comunicación y de que se procederá a realizar lo solicitado. “Al patrono no le queda más que acatar la orden y si el colaborador desea hacer algo, lo hará, en su caso, ante la autoridad competente”, afirmó Hidalgo.

Paso 3. Una vez recibida y comunicada la orden de embargo, se debe realizar el cálculo del monto del mismo. Este debe seguir las reglas del artículo 172 y siguientes del Código de Trabajo. Se debe recordar que existe un monto mínimo inembargable, el cual se debe respetar siempre, para garantizar que el empleado al que se le aplicará el rebajo disponga de los ingresos mínimos suficientes para cubrir sus necesidades básicas vitales.

Paso 4. El embargo se debe aplicar en el pago salarial inmediatamente posterior a la comunicación. Según el abogado Kendall Ruiz, el embargo se puede realizar de forma quincenal o mensual, lo cual también debe ser notificado por el patrono.

“El trabajador que posea un embargo de salario debe considerar que dicho monto le será retenido de su salario, de manera quincenal o mensual, previa indicación de su patrono, y que dicho monto será depositado a las cuentas del despacho judicial en el que se tramita el proceso de cobro judicial, con el fin de cancelar la deuda en atraso”, señaló.

¿Se puede suspender el cobro de un embargo?

Un proceso de embargo se puede suspender por la vía judicial; sin embargo, debe estar debidamente justificado y formalizado ante el juez correspondiente. Según Hidalgo, la suspensión nunca debe responder a una gestión exclusiva del empleado o del patrono por cuenta propia.

¿Qué implicaciones tiene para el empleado/deudor?

Aparte de la deducción salarial, un embargo salarial no debería provocar otro inconveniente desde el punto de vista legal o salarial.

Por el contrario, tanto Hidalgo como Ruiz coincidieron en que otros tipos de implicaciones en ese campo podrían corresponder a casos de discriminación.

El artículo 404 del Código de Trabajo establece una prohibición directa a “toda discriminación en el trabajo” por diversas razones. Entre ellas, se citan directamente “edad, etnia, sexo, religión, raza, orientación sexual, estado civil, opinión política, ascendencia nacional, origen social, filiación, condición de salud, discapacidad, afiliación sindical, situación económica o cualquier otra forma análoga”.

La mayoría de las implicaciones para una persona con el salario embargado tienen que ver con su “reputación” financiera. Haber sido sometido a un proceso de cobro judicial, usualmente, implica una mancha en el récord crediticio de la persona que genera dificultades posteriores a la hora de acceder a nuevo financiamiento.

¿Puede una personas perder su trabajo o ser excluido de empleos?

A pesar de que realizar el embargo salarial del trabajador pueda ser engorroso o molesto para los empleadores, no puede considerarse una causa de despido, según explicó el abogado Ruiz, con base en el artículo 406 del Código de Trabajo.

Ningún patrono puede despedir a un colaborador por un embargo sobre su salario. Debemos tener presente que las únicas causales que facultan a un patrono a despedir a un colaborador son las estipuladas en el artículo 81 del Código de Trabajo. Es claro que el trabajador que se ve ante un embargo de salario no constituye una causal como las indicadas”, subrayó.

La situación de embargo tampoco puede ser un motivo excluyente en un proceso de contratación, según el mismo abogado.

“Según nuestra legislación laboral, en el numeral 408, todas las personas gozaran de las mismas oportunidades para ser contratadas y obtener empleo, siempre que cumplan con requisitos que sean razonables para el puesto a ejercer. Ningún patrono puede por una condición como un embargo salarial, negar una oportunidad laboral, dado que este actuar puede verse como discriminatorio”, razonó.