Conassif mantendrá normativa para mitigar impacto en deudores hasta diciembre del 2021

Alberto Dent aseguró que el ritmo de recuperación previsto de la economía requiere alargar medidas hasta el final de este 2021

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.


Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.


Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

La prolongada afectación económica para empresas y personas motivó a los jerarcas del Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) a prorrogar algunas de las medidas de apoyo a deudores hasta el 31 de diciembre del 2021.

El comunicado de prensa compartido por la oficina de comunicación de la entidad aseguró que el objetivo de esta prórroga es ayudar a los hogares y empresas costarricenses que se han visto afectadas por la pandemia del COVID-19.

En el texto compartido, Conassif explicó que el ritmo de recuperación previsto de la economía requiere alargar medidas hasta el final de este 2021.

Algunas de las medidas aprobadas fueron las siguientes:

Prórrogas

Los deudores podrán efectuar prórrogas, refinanciamientos y readecuaciones sin necesidad de realizar análisis de estrés de deudores.

Sin embargo, quedará a criterio de cada entidad financiera la oferta de periodos de gracias sin el pago de intereses ni principal de la deuda.

Estos análisis son efectuados por las entidades financieras al calcular variaciones en diferentes niveles en las tasas de interés o el tipo de cambio y esa manera prever el comportamiento que tendrá la capacidad de pago de los deudores.

‘Operación especial’

La suspensión temporal del concepto de “operación especial”, con el objetivo de que las entidades continúen enfocando sus esfuerzos hacia la modificación de las condiciones contractuales de los créditos que requieren sus deudores.

Esta permite hacer modificaciones a las condiciones de los préstamos sin que se afecte la calificación de los deudores.

Riesgos de capital

Flexibilización temporal de los requerimientos de capital asociados al plazo de las operaciones y a la medición de riesgos de mercado.

Bancos

Conassif les solicitó a los bancos que a partir del 1 de abril del 2021 apliquen nuevamente sus políticas internas en la medición de la capacidad de pago de cada cliente.

Alberto Dent, presidente del Conassif, advirtió que desde la entidad consideran que es indispensable extender las medidas ya adoptadas en la normativa que regula el Sistema Financiero Nacional con el propósito de que las entidades puedan continuar apoyando a los deudores, reflejando a la vez los riesgos acumulados y disponiendo de espacio para soportar su impacto.

A pesar de que se observa una importante recuperación económica, esta no es suficiente para alcanzar el nivel de producción previo a la crisis, tal y como lo señaló Banco Central de Costa Rica en su Programa Macroeconómico 2021-2022.

El impacto y efectividad de todas las medidas continuarán en seguimiento permanente por parte de la Superintendencia General de Entidades Financieras y el Conassif, con el fin de proponer oportunamente nuevos cursos de acción según la evolución de la crisis.

Afectación a familias

Datos del Ministerio de Trabajo muestran que al 29 de enero habían 71.868 personas con el contrato suspendido y 7.779 colaboradores con reducción de jornada.

Sobre el total de colaboradores con contratos suspendidos un 37,9% responde a personas del sector turismo. De igual manera el 20% de las reducciones de jornada son para funcionarios de este sector.

Las resoluciones emitidas para ambas medidas (aprobadas y rechazadas) corresponde a 138.669 hombres y 95.512 mujeres.

Adicionalmente el 12 de enero los diputados aprobaron en segundo y último debate el proyecto de ley que autoriza a los patronos privados a reducir las jornadas laborales por tres meses adicionales en caso de que demuestren que persiste la afectación por la pandemia.

El proyecto aprobado establece las siguientes condiciones para los patronos que recurran a la medida:

-Será obligatorio que el patrono haya sostenido en sus empleos a las personas sujetas a la reducción de la jornada, a quienes se les pretenda ampliar el plazo. La idea de esta medida es evitar que a una persona que haya sido despedida se le recontrate por tiempo completo y, después, se le reduzca la jornada.

-El proyecto establece que el Ministerio de Trabajo solo podrá autorizar la prórroga cuando los empleadores no hayan abusado de los mecanismos establecidos para esa reducción de la jornada y que hayan incumplido la legislación laboral.

-El patrono tendrá prohibido establecer horarios laborales fraccionados a sus empleados o pagar horas extra a otras personas trabajadoras, en vez de reincorporar a las personas con jornada reducida. Por tiempos fraccionados, se entiende una distribución de horas laborales separadas en distintos momentos del día, que impidan al empleado dedicar su tiempo a otra actividad productiva.

Cambios en normativas

Desde la declaratoria de emergencia nacional y conforme las medidas de restricción y distanciamiento social empezaron a impactar la economía local, las autoridades financieras adoptaron medidas enfocadas en mitigar el efecto económico y el impacto sobre el desempleo y velar por la estabilidad y solidez del sistema financiero.

Sin embargo con el avance en el proceso de reactivación la Conassif fue informando sobre cambios en las reglas.

Por ejemplo, desde este 1.º de diciembre las entidades financieras deberían degradar, en caso de ser necesario, la calificación del deudor, en acato a un mandato emitido por Conassif.

También se pusieron en marcha una serie de modificaciones en el Reglamento Sugef 1-05 sobre la calificación de deudores, estas inciden directamente en la calificación de riesgo y el récord crediticio de las personas con préstamos.

Conassif reformó el artículo 12 del 1-05 en el que segmentará los rangos de morosidad con dos adicionales para que las entidades financieras puedan aplicar diferentes porcentajes de estimación específica.