Proyecto de renta global dual reavivó temor de gravámenes sobre fondos de pensiones voluntarios

Proyecto de ley deja espacios abiertos a interpretación. Hacienda asegura que de ser necesario agregará un inciso para aclarar inconsistencias

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La falta de claridad en varios artículos del proyecto de renta global dual revivió el temor de aplicar gravámenes sobre los fondos de pensiones voluntarios.

Un eventual tributo sobre retiros este capital podría provocar que los aportantes que cumplan con todas las condiciones extraigan su ahorro voluntario, provocando así una amenaza a la sostenibilidad de estos fondos.

El 84% del activo de los fondos de pensiones voluntarios está invertido en diferentes instrumentos, lo que implica que del total solamente el 16% podría ser liquidado de manera inmediata. Quienes cumplan con los requisitos deben recibir sus recursos en un periodo de 15 días que establece la ley.

Ante una salida masiva por cualquier motivo el Gobierno Central se vería afectado, pues una de las principales fuentes de financiamiento es a través de la colocación de títulos valor con operadoras que manejan los recursos para retiro.

El pasado lunes 1 de febrero el director de Tributación del Ministerio de Hacienda remitió a este medio de comunicación un mensaje donde indicaba que el proyecto de renta global dual no incluiría dentro de sus reformas un impuesto a los retiros que se hagan de los fondos de pensiones y que de ser necesario el Ministerio incorporaría un inciso de aclaración que reafirme la exoneración.

De acuerdo con la legislación, mientras los aportantes cumplan con todos los requisitos para retirar su ahorro voluntario de retiro las operadoras tendrán 15 días paradesembolsar el dinero ahorrado en los fondos.

Actualmente los fondos de pensiones voluntarias cuentan con un activo total de ¢454.170 millones, de los cuales tan solo ¢73,8 millones están disponible para retiros inmediatos o disponibles, el resto está invertido en diferentes instrumentos.

Pese a que en el 2020 el monto líquido aumentó, es relativamente bajo comparado con lo que debería liquidar las operadoras en caso de un retiro masivo.

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¿Quiénes se verán afectados?

Edgar Robles, economista y exsuperintendente de pensiones, explicó en un artículo publicado en La Nación bajo el título “¡Y vuelve la mula al trigo!” el impacto que tendría el sistema de pensiones y el mismo Gobierno Central ante el establecimiento del impuesto de la renta sobre los retiros.

Bajo la interpretación de Robles, un tributo a los retiros de fondos de pensión afectaría principalmente a los voluntarios, pues son los únicos que las personas pueden retirar de manera casi que inmediata, lo que provocaría un retiro masivo de los fondos voluntarios ante el eventual establecimiento de un impuesto para los cotizantes.

“El mensaje del gobierno está claro: retire el ahorro rápido o pague impuestos. El resultado es obvio, este producto de ahorro desaparecerá del mercado”, advirtió Robles en su artículo de opinión.

Riesgo de retiro masivo

Actualmente en el país cinco de las seis operadoras ofrecen a sus aportantes la posibilidad de abrir un fondo voluntario de pensiones, esto es una opción para complementar los ingresos al momento de pensionarse.

Datos de la Superintendencia de Pensiones muestran que el activo de los fondos voluntarios han ido creciendo a dos dígitos desde el 2015.

Popular Pensiones es la operadora con el mayor capital por concepto de ahorro voluntario. La operadora cuenta con ¢193.900 millones.

Por su parte, BAC Credomatic es la segunda entidad con un mayor aporte en los regímenes voluntarios, en total cuentan con 12.600 personas afiliadas, las cuales representan un ahorro voluntario de ¢56.443 millones.

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La legislación especifica que los afiliados a los fondos voluntarios de pensiones complementarias cuentan con dos vías para el retirar los recursos acumulados.

El primer caso es cuando el afiliado tiene menos de 57 años de edad, en cuyo caso el artículo 73 de la Ley de Protección al Trabajador permite el retiro anticipado de los recursos, que puede ser parcial o total.

Para concretar el retiro la persona deberá haber cotizado al menos 66 meses y 66 cuotas, además proceder con la devolución de los incentivos fiscales que recibió durante el tiempo que mantuvo invertido su dinero en el fondo de pensiones voluntarias.

Algunos de los incentivos fiscales que reciben estos aportantes consisten en la exención de renta sobre los intereses, los dividendos, las ganancias de capital y cualquier otro beneficio que produzcan los valores en moneda nacional o en moneda extranjera, en los cuales las entidades autorizadas inviertan los recursos de los fondos que administren.

Por lo tanto el afiliado al régimen voluntario que retire de manera anticipada su ahorro ya sea total o parcial, deberá devolver al fisco un porcentaje del ahorro.

La otra condición es cuando el afiliado ya cumplió los 57 años de edad. Una vez cumplidos los 66 meses y 66 cuotas y sin la obligación de devolver los incentivos fiscales, el afiliado puede hacer retiros parciales o totales de su plan.

Los fondos voluntarios de pensiones complementarias se clasifican en fondos tipo A y tipo B.

Los fondos tipo A son aquellos en donde todos los afiliados ya cumplen con la condición de 66 meses y 66 cuotas, mientras que los fondos tipo B son aquellos en donde todos los afiliados se encuentra en la etapa de acumulación, es decir aún carecen del mínimo de tiempo y aportes.

Únicamente los afiliados a los fondos A (colones y dólares) tienen el derecho de hacer retiros totales o parciales de sus recursos.

Es decir, que de aprobarse una reforma que implique un tributo, las operadoras podrían enfrentarse a un desembolso masivo, en primer lugar de los aportantes tipo A y de ser necesario también del resto.

Hermes Alvarado Salas, gerente general de BN Vital, explicó que en el caso de esa entidad, en cuestión de dos semanas deberían prepararse para desembolsar ¢109.277 millones para el fondo voluntario colones A y $30 millones el fondo en dólares.

Ana María Brenes, gerente de BAC Credomatic operadora de pensiones, apuntó que en un plazo de 30 días, si las personas deciden retirar sus fondos y cumplen con los requisitos, debería liquidar aproximadamente $18 millones.

“Vale aclarar que dicho monto varía pues no todos los afiliados deciden hacer dicho retiro anticipado en un mismo momento. Asimismo, los recursos en plazos adicionales también dependen de la maduración de los contratos y si los afiliados realizan retiros parciales”, advirtió Brenes.

En el caso de Popular Pensiones, su gerente general Roger Porras, indicó que al menos el 85% de la cartera del fondo colones corresponde a contratos en los que el cliente ya puede hacer el retiro de los recursos y en el fondo dólares es el 81% de la cartera, lo cual asciende a un monto superior a los ¢150.000 millones.

Afectación al Gobierno Central

Robles describe que con el proyecto de ley de la renta global, los rendimientos de las operadoras bajarían hasta un 26,5 %, pues cada retiro se considerará un ingreso ordinario, aunque sea el fruto del ahorro de 20 o más años.

En su artículo de opinión asegura que el Gobierno Central estaría disparándose sobre su propio pie, pues con un gravamen de este tipo perdería a su principal inversionista, pues según sus cálculos el 73 % de los recursos de los planes voluntarios están invertidos en bonos del Gobierno.

El Reglamento de Gestión de Activos (normativa que regula los límites de inversión de los fondos administrados por las operadoras de pensiones) establece para el Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROPC) como límite máximo para la inversión en el sector público local un 80% del valor del portafolio administrado.

Sin embargo, este límite es para el sector público como un todo, no existe en esta regulación un límite específica para la inversión en bonos del Ministerio de Hacienda.

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