Comisión de Competencia se prepara para nuevos retos en fusiones

Entidad tendrá 30 días hábiles para aprobar o frenar una posible fusión o compra de companías

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Todo el movimiento reciente de compras y adquisiciones de empresas, entre ellas la que protagonizaron hace dos semanas Sigma Alimentos y Monteverde, por medio de la cual la primera compró el 100% de las acciones de la segunda, hubiera tenido un escenario distinto si el reglamento que dará vida la reforma de la Ley de Promoción de Competencia con una nueva normativa (la 9072) estuviera aprobada y en vigencia.

Tal y como lo informó EF el dia de ayer, a partir del 5 de abril, entró en vigencia las reformas a la ley antimonopolio y se está en el proceso de aprobación del reglamento (audiencia pública) que establecerá los mecanismos para que la Comisión para Promover la Competencia puede ejercer su nueva facultad para aprobar o improbar una nueva fusión, compra, adquisición o absorción entre empresas. Lo anterior dependerá, dijo Victoria Velázquez, directora de este órgano adscrito al Ministerio de Economía, de si existen indicios o no de que la transacción limite la sana competencia.

El proceso de audiencia será hasta el próximo 15 de abril.

Ella recordó que en países como México, Estados Unidos y en Europa, la agencia antimonopolio ha tenido en sus manos el poder de frenar o dar visto bueno a negociaciones entre empresas y lo ha hecho con un mecanismo similar al que Costa Rica puso en marcha a partir del 5 de abril. Es decir, que las empresas deberán notificar previamente su interés por adquirir determinada compañía y esperar a que en un plazo no mayor a 30 días hábiles el órgano de su respuesta.

Es un plazo que representa un desafío tanto para los funcionarios que trabajan en la Unidad Técnica de la Comisión para Promover la Competencia, como para los miembros de la comisión (10 en total) pues de no aprobar o denegar la solicitud de compra o fusión en ese plazo, el administrado (o empresa interesada) acogerá su derecho de Silencio Positivo, entendido como el momento en que si la Administración no responde la solicitud a tiempo, esta se asume como aprobada automáticamente.

Velázquez reconoce que la reforma a la Ley de competencia para incorporar el tema de la notificación previa llega un poco tarde (la ley entró en vigencia en 1995) pero admite también se logra en un momento de madurez tanto para el mercado como para los especialistas. Sin duda, el mercado costarricense experimenta en los últimos años un agitado movimiento en capitales en diferentes sectores: lácteo, panadería, cerveza, pinturas industriales, sector automotriz, almacenes de línea blanca, cadenas de supermercados, entre otros.

Ahora se verá un nuevo escenario que procura analizar y definir de previo si una eventual fusión, compra, adquisición o absorción en el mercado podría afectar la libre competencia o limitar las opciones de elección por parte del consumidor. La reforma busca evitar eventuales concentraciones, oligopolios, monopolios y violaciones a los principios de libre competencia.