Defensoría pide a Sutel anular declaratoria que libera tarifas de telefonía e Internet móvil

Sostiene que la resolución del regulador es un acto administrativo plagado de vicios

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La Defensoría de los Habitantes impugnó ante el Consejo de la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) la resolución de declaratoria de competencia en el mercado de celulares que permite liberar las tarifas de telefonía e Internet móvil.

El recurso de revocatoria presentado por la Defensoría sostiene que no se cumple a cabalidad con lo ordenado por el artículo 50 de la Ley General de Telecomunicaciones de emitir una resolución debidamente fundamentada.

"La resolución impugnada hoy (28 de setiembre) por la Defensoría está lejos de ser ese tipo de resolución", argumentó Montserrat Solano, Defensora de los Habitantes.

Solando dijo que es un acto administrativo plagado de vicios que mina el fundamento que el legislador le ordena a la Sutel tener para ordenar la desregulación tarifaria de esta actividad.

"En esas condiciones, la declaratoria de competencia efectiva de este mercado es contraria al ordenamiento jurídico", reiteró.

Los operadores y la industria, al contrario, se habían mostrado satisfechos con la resolución de la Sutel la semana anterior.

Gilbert Camacho, presidente del consejo de la Sutel, indicó que hasta este 28 de setiembre sólo se ha recibido un recurso de revocatoria a la resolución de declaratoria de competencia, pero que el plazo para presentar recursos no ha vencido.

"El plazo para responderlo será determinado por el número total de recursos recibidos", explicó Camacho.

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En criterio de la Defensoría la resolución de la Sutel para declarar la competencia en el mercado móvil

no cumple con lo que exige la Ley de estar suficientemente fundamentada. FOTO ARCHIVO EF

Apelación

La Defensoría sostiene que la resolución RCS-248-2017 de Sutel padece serios e insubsanables vicios en su motivo, de incongruencia entre el motivo y el fin del acto, y de ilegalidad por violentar, separarse o interpretar más allá de lo dispuesto en resoluciones del mismo regulador.

Las falencias se estarían presentando en el análisis de la mayoría de los parámetros que utilizó la Sutel para llegar a la conclusión de que el mercado en cuestión está en competencia efectiva y se estarían advirtiendo en el análisis sobre la estructura del mercado y los participantes del mismo.

La Defensoría también reiteró que en Costa Rica se está en presencia de un oligopolio y para ello se requiere de regulación para evitar prácticas monopolísticas en detrimento de los derechos e intereses de los usuarios.

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Agregó que Sutel omitió deliberadamente información que demostraba que el efecto de reducción de precios no es producto de que el mercado esté en competencia efectiva, sino de otras circunstancias.

Criticó que se considere inidicio de competencia que los operadores tengan "enfoques competitivos diferenciados".

La Defensoría también puntualizó que asignación del total del espectro radioeléctrico para Claro, Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) y Telefónica Movistar constituiría una barrera absoluta que impide el ingreso de nuevos operadores.

Otro de los puntos valorados fue que la oferta de información comercial no es amigable para los usuarios, pues impide la comparación de ofertas para la toma de decisiones de consumo inteligentes.

Tampoco se habría tenido en cuenta que el grado de satisfacción con los operadores es del 52% de los usuarios, por debajo del 70% y no proporcionaría indicios de competencia efectiva en el mercado de servicio minorista de telecomunicaciones móvil.

Nota del redactor: Información actualizada con datos y declaraciones de Sutel a las 3:55 p.m.