Plan de empleo público pasa filtro constitucional, pero con señalamientos sobre rectoría de Mideplan

El tribunal consideró constitucional que se aplique una escala salarial única y una ley marco que regule las relaciones laborales del sector público

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La Sala Constitucional resolvió las consultas que se le presentaron sobre el proyecto de ley marco de empleo público (21.336). Los magistrados no encontraron vicios de procedimiento relacionados con el trámite de la iniciativa que impliquen la necesidad de anular el avance de la iniciativa; sin embargo, sí realizaron señalamientos sobre cuestiones de fondo que podrían corregirse, relacionadas con la independencia de poderes y la autonomía de algunas instituciones.

Según explicó el magistrado Fernando Castillo, presidente del tribunal, la Sala determinó que sería inconstitucional someter “a la potestad de dirección y de rectoría” del Ministerio de Planificación (Mideplan) al Poder Judicial y al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), por cuanto podría violar la independencia de poderes.

Asimismo, hizo un señalamiento similar en relación con la universidades públicas, las municipalidades y la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS), las cuales poseen distintos grados de autonomía en su gestión.

Por tratarse de cuestiones de fondo, la Asamblea podrá corregir estos señalamientos a través de mecanismos reglamentarios.

Pese a esos señalamientos, la Sala Constitucional sí consideró constitucional que se fije un salario global para la administración pública y que exista una ley general de empleo público aplicable a la administración.

También declaró del mismo modo que exista un tope a los salarios universitarios y que se impongan limitaciones a los procedimientos de convención colectiva, “siempre y cuando se trate de convenciones colectivas donde participen los empleados del Sector Público que válidamente puedan celebrar convenciones colectivas de acuerdo con la Constitución y la ley”.

En cuanto a la cláusula de objeción de conciencia para que funcionarios puedan evitar capacitaciones que, según justifiquen, puedan reñir con sus convicciones éticas, morales o religiosas; la Sala determinó que se trata de una norma correcta, por votación de mayoría.

La Sala tomó sus decisiones después de seis días de análisis a doble audiencia; con una composición de seis magistrados propietarios y uno suplente: Fernando Castillo (presidente), Paul Rueda, Nancy Hernández, Luis Fernando Salazar, Jorge Araya, Anamari Garro y la magistrada suplente Ana María Picado.

Los magistrados analizaron tres de las cuatro consultas que le fueron presentadas, pues declaró una de ellas inevacuable. Los magistrados respondieron tres documentos firmados por grupos de diputados, pero no la impulsada por la propia Corte Suprema de Justicia (CSJ).

Ahora los diputados deberán decidir cómo proceder ante los señalamientos de la Sala. Entre otras opciones, pueden aprobar una moción que retrotraiga el proyecto a primer debate y abrir algún espacio para realizar modificaciones al texto.

Si deciden avanzar hacia un segundo debate sin realizar modificaciones, lo harán bajo advertencia de que los aspectos señalados podrían ser sujeto de acciones de inconstitucionalidad en el corto plazo.

Proyecto de peso para FMI

El plan de empleo público se definió como una reforma estructural de referencia dentro del acuerdo entre Costa Rica y el Fondo Monetario Internacional (FMI), para una facilidad de servicio ampliado por $1.778 millones por tres años.

El presidente del Banco Central y gobernador de Costa Rica ante el organismo, Rodrigo Cubero, explicó a EF que la reforma es esencial para el país en su compromiso de estabilizar sus finanzas públicas a cambio del programa financiamiento, por lo que su aprobación es crucial para sostener el acuerdo.

En esa línea, el ministro de Hacienda, Elian Villegas, enfatizó en que el texto va incluso más allá del convenio; pues corrige un problema de fondo que golpea a las finanzas públicas día con día a través de un nuevo sistema de remuneraciones más justo que el sistema actual de incentivos.

“(El empleo público) es un factor que pesa mucho en la recaudación fiscal y que absorbe casi un 50% de ella. Es decir, se lleva la mitad de los impuestos que pagamos”. recordó en una recienta entrevista con EF, tras la aprobación en primer debate del acuerdo con el Fondo.

Las estimaciones del Ministerio de Hacienda dan cuenta de que el Gobierno Central podría ahorrarse hasta un 0,66% del PIB y un 0,95% del PIB, en 2022 y en 2023, con la aprobación del plan de empleo público; en conjunto con otra serie de medidas de contención de gasto a nivel administrativo (sin contar el efecto de la regla fiscal incluida en la Ley 9635).