16 concesionarios de frecuencias enfrentan proceso de nulidad de sus títulos

Hay diez expedientes de lesividad en trámite ante la Procuraduría, otros cuatro en trámites finales de envío y dos más en estudio en el Viceministerio de Telecomunicaciones

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El Viceministerio de Telecomunicaciones inició el procedimiento por lesividad a 16 concesionarios de radiofrecuencias debido a defectos u omisiones en los contratos de concesión o en los títulos habilitantes.

La lesividad es un proceso donde el Estado o la institución respectiva impugna o declara nulo un acto, previo dictamen positivo de la Procuraduría General de la República, por supuestos vicios relacionados con el procedimiento, el motivo, el fin, el contenido o la competencia (atribución) a la hora de otorgar el contrato de concesión.

Se trata de situaciones de nulidad cuya existencia es advertida tras un análisis jurídico y técnico.

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El Viceministerio no dio a conocer quienes son los concesionarios que están en este proceso.

"La Administración se encuentra obligada a mantener confidencial", respondió Edwin Estrada, viceministro de Telecomunicaciones, ante la consulta de EF.

Estrada justificó que debe mantener la confidencialidad, pues "de lo contrario, se podría entorpecer la labor de la Procuraduría" y comprometer los resultados del proceso.

La respuesta del Viceministro indica que actualmente hay diez expedientes de lesividad en trámite ante la PGR, otros cuatro casos están en trámites finales de envío a la PGR y dos más en análisis por parte del mismo Viceministerio.

Estrada explicó que cuando se detecta un caso se pide un estudio y recomendación a la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel).

La Superintedencia emite una resolución de declaratoria de lesividad que es sometida a la PGR, que si la confirma da pie para iniciar la nulidad del acto de concesión.

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En el proceso el concesionario puede ejercer el derecho de defensa presentando su prueba de descargo. "Al final, es el juez quien decide si el acto es nulo", dijo Estrada.

En los casos en proceso las razones son distintas, agregó el funcionario. Estrada respondió que las deudas en el canon de regulación y en el canon de reserva de espectro "no constituyen vicios de nulidad".

Estrada reiteró que la nulidad del contrato de concesión o título habilitante es determinada siempre por los Tribunales de Justicia y que actualmente la Contraloría General de la República está dando seguimiento al cumplimiento de las disposiciones.

Precisamente la Contraloría había emitido un informe en el 2012 en el que urgía al Viceministerio a implementar medidas para ordenar y actualizar la adecuación de los títulos habilitantes.