Sutel justificó a la Defensoría las reducciones de velocidad a Internet móvil

Especialista cuestionó la legalidad de la medida de la Superintendencia; a nivel internacional la tendencia es a planes de datos ilimitados

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La Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) respondió a la Defensoría de los Habitantes que tiene la potestad legal para haber aprobado la política de "uso justo" que aplican los operadores a los usuarios de datos en los servicios de postpago, aunque los especialistas legales cuestionan la legalidad de la resolución que permite esta medida.

La acción permite a las compañías disminuir la velocidad del servicio de Internet móvil a los suscriptores que han sobrepasado un límite de consumo de datos en un plazo determinado.

En el servicio de postpago no se cobra por descarga de datos como en prepago. Los operadores esperaban que la declaración de mercado en competencia efectiva de Sutel en el 2016 en varios mercados de telecomunicaciones incluyera los servicios de postpago.

Sin embargo, la misma Defensoría le solicitó al regulador posponer la decisión.

Posteriormente el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) anunció que empezaría a aplicar la política de "uso justo", lo que generó dudas en la Defensoría sobre la legalidad de la resolución de Sutel que lo permitía. Claro y Movistar ya la aplicaban.

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Respuesta

La respuesta de Sutel fue remitida este miércoles 15 de febrero a la Defensoría y en ella el Regulador justifica que los operadores enfrentan una saturación de las redes por el uso de apps de alto consumo y porque hay usuarios que tienen un uso intensivo del servicio de datos.

"Con esta práctica comercial más que técnica, los operadores tratan de controlar a un porcentaje mínimo de usuarios intensivos a favor de la mayoría de los usuarios que comparten los mismos recursos de la red", dice la respuesta de la Sutel.

La Sutel dice que, con la Ley General de Telecomunicaciones le exige proteger los derechos de la mayoría de los usuarios y que en abril del 2014 aprobó la política de "uso justo" como una medida temporal.

Eso les daba potestad a los operadores a informar a los usuarios de la modificación tarifaria que la medida implica y dar la posibilidad a los clientes de decidir si finalizan los contratos vigentes suscritos sin penalización alguna.

Además, permitía que en los nuevos contratos se podían incluir las nuevas condiciones.

La Superintendencia destacó que la medida "no está expresamente prohibida en el ordenamiento jurídico" y reiteró que "las políticas de uso justo, al igual que la gestión de tráfico, constituyen medidas excepcionales y temporales".

Ante la consulta de la Defensoría sobre cuál es el objetivo de la medida, la Sutel respondió: "el fin último que tiene la resolución RCS-063-2014, es que los usuarios finales de los servicios de telecomunicaciones tengan un acceso más equitativo a las redes de los servicios".

La Defensoría también le preguntó a la Sutel sobre las alternativas que podrían haberse aplicado, en lugar de la política de "uso justo".

En su respuesta, la Superintendencia indica que había iniciado el proceso para "aplicar la fijación tarifaria de descarga por kb (kilobyte) en telefonía móvil postpago" con el trámite para la consulta pública "en dos ocasiones".

Además, la Sutel recomendó a los operadores adoptar medidas para liberación de carga en las redes y "comercializar, únicamente, servicios de Internet móvil con las velocidades que están en la posibilidad de brindar de forma efectiva a sus usuarios".

Otra medida fue recomendar también a las compañías "permitir a los usuarios actuales efectuar ajustes en sus planes contratados para que estos correspondan con dichas velocidades".

Sutel reconoció que también se han valorado alternativas como: "expansión de la capacidad y recursos de la red, optimización de la red, especialmente el segmento radio base-usuario, desarrollo y despliegue masivo de redes LTE y redes complementarias para liberación de carga".

La Defensoría también solicitó información sobre la aplicación de la política de "uso justo" y la Sutel respondió que los operadores incorporaron la cláusula de esta medida en los contratos y en sus sitios electrónicos.

Cuestionamiento

Pese a que la Sutel alega que tenía la potestad para aprobar la política de "uso juso", los especialistas y otros organismos tienen dudas de la legalidad del procedimiento utilizado.

Consultado al respecto, el abogado Juan Manuel Campos, de Ciber-Regulación Consultores, indicó que la política de "uso justo" adoptada por la Sutel "es abiertamente ilegal".

"Modificó por vía de un acto administrativo una regla regulatoria que establece que en materia tarifaria debe existir audiencia pública con amplia participación de operadores y usuarios", dijo Campos.

Agregó que la resolución adoptada fue comunicada únicamente a los operadores. "Fue materialmente imposible que se pudiese recurrir por los usuarios afectados", afirmó Campos.

El especialista indicó que se violó la regla del debido proceso.

Además, la medida fue adoptada con una condición de temporalidad y bajo el supuesto de congestión de redes, cuando lo que se ha venido aplicando es una sanción al usuario que pasa de un determinado umbral de descarga de datos.

"Hacer más lentas las comunicaciones transgrede el principio de neutralidad en la red adoptado como política pública en Costa Rica", advirtió Campos.

Corresponde a la Defensoría ahora pronunciarse sobre el tema a partir de la respuesta de la Sutel.

Las medidas de cobro por descarga en prepago, la propuesta de aplicar el cobro por descarga en postpago y la política de "uso justo" las ha impulsado Sutel en Costa Rica mientras en otros países la tendencia es a planes de datos ilimitados en los servicios de postpago.

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