Negativa de diputados a cobro de renta sobre salario escolar drena ¢40.000 millones de ajuste fiscal

Los diputados se oponen, una vez más, a la medida que plantea gravar el salario escolar como a cualquier otra remuneración

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Los diputados de la comisión de Asuntos Jurídicos eliminaron –al menos por el momento– la propuesta de cobrar el Impuesto sobre la Renta al salario escolar que el Gobierno planteó como parte del proyecto de Ley de Reducción de Beneficios Fiscales y Ajuste en Tarifas de Rentas de Capital (22.369), que actualmente se tramita en el Congreso.

Esta decisión implica un drenaje de más de ¢40.000 millones anuales en la recaudación estimada con la iniciativa, según los cálculos del Ministerio de Hacienda.

El proyecto es uno de los tres de corte tributario que se incluyeron en el ajuste fiscal convenido con el Fondo Monetario Internacional (FMI): el acuerdo que se apareja a una línea de financiamiento de hasta $1.778 millones, por un período de tres años, sujeta al cumplimiento de metas fiscales y la aprobación de reformas.

Los diputados de Asuntos Jurídicos tomaron la decisión durante la primera sesión que dedicaron a realizar cambios a la iniciativa de ley. Esta, además, propone aumentar la tarifa de renta sobre variedad de remesas.

El Gobierno ha impulsado el cobro del Impuesto sobre la Renta al salario escolar desde 2020, sin éxito. Esa treceava mensualidad salarial que reciben los trabajadores del sector público está exonerada, bajo la figura de “no sujeción”, desde 2008.

La intención del proyecto era cobrar el impuesto de renta a todos los trabajadores cuyo ingreso supere los ¢840.000, al igual que ocurre con cualquier otro aporte salarial que perciben.

Cambio casi definitivo

La eliminación de la propuesta para reintegrar el impuesto de renta sobre el salario escolar la impulsó el diputado y candidato presidencial José María Villalta, del Frente Amplio (FA).

El legislador recibió el respaldo de las diputadas Paola Vega (independiente); Franggi Nicolás, del Partido Liberación Nacional (PLN); y Walter Muñoz, del Partido Integración Nacional (PIN). En contra votaron Carolina Hidalgo, del Partido Acción Ciudadana (PAC); y Jorge Fonseca, del PLN.

La enmienda realizada al proyecto ahora solo se podría revertir si los diputados cambian de parecer en el propio foro de Asuntos Jurídicos (a través de una moción de revisión) o si lo deciden en una etapa posterior del proyecto, en la propia comisión o en el Plenario legislativo.

Sin embargo, el escenario parece complejo para esto en medio de la campaña electoral. Además del candidato frenteamplista Villalta, la medida también cuenta con la oposición de José María Figueres, del PLN. Este último defendió el salario escolar como “una conquista liberacionista” que “no debe ser sometida a otro impuesto”.

El salario escolar se creó precisamente durante su primera administración de Figueres, en 1994, tras un acuerdo de la Comisión Nacional de Salarios. Así lo recordó la Sala Constitucional en su sentencia 2020-009188, en la que lo definió como “un pago por concepto de aumento salarial” y no como un pago extra.

A pesar de que el salario escolar se estableció desde los años 90, la exoneración de renta se fijó hasta más de una década después. Esta fue aprobada en 2008 por el Congreso, a través de una iniciativa del diputado socialcristiano, José Luis Vásquez, que contó con el respaldo del gobierno de turno, según explicó una nota del periódico La Nación publicadaen aquel entonces.

Por ese motivo es que al salario escolar se le aplican todas las retenciones de ley, con excepción de la obligación tributaria.

La diputada Vega defendió su posición a través de redes sociales. Dijo considerar que “en condiciones normales no habría problema con que el salario escolar pague renta”, pero que “al ver el balance de estos cuatro años, el peso del ajuste (fiscal) ha caído sobre los trabajadores y se vuelve injusto”.

El Gobierno presupuestó ¢163.000 millones para el pago de salarios escolares de 159.691 funcionarios activos, en enero pasado. Esa cifra descontó la fuerza laboral del Gobierno Central y los órganos desconcentrados.

El monto corresponde a una mensualidad adicional en cada año laboral. Es decir, es un 8,33% de los salarios brutos devengados por cada funcionario del Estado, entre enero y diciembre.

Los cambios al proyecto

Los diputados de la comisión de Asuntos Jurídicos del Congreso eliminaron el planteamiento de gravar al salario escolar, este 9 de noviembre; sin embargo, no fue el único cambio sobre el proyecto de Reducción de Beneficios Fiscales.

La comisión de Asuntos Jurídicos del Congreso inició la votación de mociones presentadas al proyecto de Ley de Reducción de Beneficios Fiscales, antes de decidir si lo dictaminan positiva o negativamente, para su envío a discusión del Plenario legislativo.

Por cuenta propia, los diputados también decidieron eliminar una cláusula que habría elevado la tarifa de renta sobre los rendimientos de títulos valores emitidos por el Banco Popular.

Estos rendimientos actualmente pagan un 9% y aumentarán 1 puntos porcentuales (p.p.) anual hasta alcanzar la tasa regular de 15%, según se redactó en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (9.635) de 2018; pero el proyecto pretendía adelantar ese paso.

En esa sesión también se aprobó un texto sustitutivo impulsado por el Gobierno de la República, el cual había sido presentado este como una forma de disminuir sus alcances y darle viabilidad a la iniciativa. Este texto eliminó algunas intenciones originales que habían sido objetadas por diputados y otros sectores involucrados.

Entre otros detalles, el nuevo texto eliminó un incremento de 5 puntos porcentuales (p.p.) que se había planteado para las remesas relacionadas con reaseguros, reafianzamientos y primas de seguros; así como otro por la misma magnitud para las relacionadas con películas cinematográficas, películas de televisión, grabaciones, discos fonográficos, historietas, cualquier medio de difusión similar y noticias internacionales.

El nuevo texto también eliminó la intención de aumentar la tasa de rentas de capital, a la tarifa base de 15%, para aquellas relacionadas con excedentes y utilidades de cooperativas y similares.

El Gobierno pretendía aumentar la recaudación fiscal un 0,34% del Producto Interno Bruto (PIB) anual con el proyecto de ley (unos ¢130.000 millones anuales), tal como se planteó inicialmente. Sin embargo, solo la eliminación del gravamen al salario escolar reduciría las expectativas en un 0,12% de la producción y la eliminación del aumento de tasas de rentas de capital en un 0,09% adicional.

¿Qué mantiene el proyecto?

Por el momento, el proyecto de ley 22.369 solo mantendría un aumento de 5 p.p. en las mayoría de las tasas sobre remesas incluidas en el artículo 59 de la Ley de Impuesto sobre la Renta (7.092).

Las remesas las pagan las personas físicas o jurídicas domiciliadas en el exterior que perciban rentas o beneficios de fuente costarricense. Sin embargo, las personas físicas o jurídicas domiciliadas en Costa Rica que acrediten las rentas se consideran “responsables solidarios” y deben realizar la retención y el pago del impuesto.

Además, el proyecto permitiría al Estado aumentar la tarifa de las rentas de capital, que actualmente pagan un 15%, en 1,5 puntos porcentuales, por un período de dos años.

En declaraciones al periódico La Nación la ministra de la Presidencia, Geannina Dinarte, aseguró esperar que la comisión de Jurídicos revierta su decisión sobre el salario escolar “durante las etapas procedimentales aún disponibles”.