
En las últimas semanas nos hemos encontrado inmersos en las discusiones sobre el compromiso que ha adquirido el Gobierno con el Fondo Monetario Internacional (FMI) y los proyectos de ley que se han presentado, concretamente las dos versiones del proyecto de renta global dual, en donde el hilo conductor es eliminar la diferencia que existe, al día de hoy, entre asalariados y trabajadores independientes.
Interesa en particular el cambio que se presentó sobre los rubros que conforman el mínimo vital. Recordemos que, dentro del esquema planteado, las personas físicas declararemos anualmente la totalidad de los ingresos que recibimos y a éstos le podremos deducir el denominado mínimo vital.
Este concepto de mínimo vital, fue uno de los elementos que más cambios sufrió entre las dos propuestas, ya que, originalmente se consideraba la posibilidad de incluir gastos generados por pago de servicios profesionales, préstamos de vivienda, e incluso, era posible deducirse un monto cuando el contribuyente tuviese obligaciones para con sus padres, los cuales se eliminaron en el segundo proyecto de ley.
La eliminación llama la atención, primero, porque con ello el propio Ministerio de Hacienda renuncia a generar mayores controles en sectores que, han señalado, presentan una baja tributación. Hoy día, cuando un asalariado hace uso de algún servicio profesional privado, no cuenta con ningún incentivo para solicitar un comprobante electrónico y es por esta razón, que la inclusión de estos rubros como parte del mínimo vital tiene sentido, ya que, al tener la posibilidad de deducir, aunque sea una parte de esos gastos, se generará un interés en solicitarlos, con lo cual, la Administración contaría con mayor información.
Por otra parte, el reconocimiento de este tipo de gastos, es lo que de forma integral le brinda mayor progresividad al impuesto. Uno de los argumentos utilizados para reformar el impuesto sobre la renta, es que éste es un impuesto progresivo, ya que grava de forma más fuerte a quienes más ingresos tienen. Esta afirmación es válida cuando analizamos la progresividad desde el punto de vista de los ingresos, no obstante, el análisis debe incluir también los gastos y es, justamente, desde la perspectiva de los gastos, que la reducción en los componentes del mínimo vital deja un vacío.
¿Qué quiere decir esto? que el peso del impuesto, no necesariamente es el mismo entre dos personas que tengan el mismo ingreso; a manera de ejemplo, no es lo mismo el pago del impuesto para una persona que tiene un ingreso de un millón de colones y que no tiene créditos por hipoteca, a una persona que tiene el mismo ingreso de un millón de colones, pero tiene un crédito hipotecario e hijos que dependen económicamente de esta persona.
La reincorporación de estos conceptos al mínimo vital, deben reevaluarse, porque son elementos que le brindan mayor información a la Administración Tributaria y le imprimen verdaderos elementos de progresividad al impuesto.