Costa Rica está a pocos días de disfrutar su último fin de semana largo del 2025.
El mes de diciembre viene con dos feriados nuevos y, casualmente, uno de ellos caerá lunes, habilitando esta opción de tres días libres tan apetecida para trabajadores vacacionistas.
Este año es que no se aplica el traslado de ninguno de los feriados, por lo que cada uno se disfrutará en su fecha correspondiente. Tome nota de cuáles serán, aquí.
Feriados restantes del 2025
Los días festivos que quedan en el calendario oficial del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) tienen una modalidad de pago diferente.
La detallamos aquí:
1.° de diciembre: Día de la Abolición del Ejército
El primer feriado restante del año será el lunes 1.° de diciembre, fecha en que se conmemora el Día de la Abolición del Ejército.
Esta es la festividad que, al caer lunes, permitirá a los costarricenses disfrutar de un fin de semana de tres días.
La principal característica de este feriado es que su pago no es obligatorio.
25 de diciembre: Navidad
El último feriado del año corresponde a la celebración de la Navidad, el jueves 25 de diciembre. A diferencia del anterior, este día festivo es de pago obligatorio.
La diferencia en la modalidad de pago es un aspecto fundamental del Código de Trabajo que tanto patronos como trabajadores deben conocer para evitar confusiones y asegurar el cumplimiento de la ley.

Un feriado de pago obligatorio, como el 25 de diciembre, significa que el patrono tiene la obligación de pagar el salario completo de ese día a todos sus empleados, sin importar la modalidad de pago, aunque no lo trabajen.
Si un colaborador labora durante un feriado de pago obligatorio, se le debe adicionar un día de salario para un pago doble.
Por otro lado, un feriado de pago no obligatorio, como el 1.° de diciembre, implica que los centros de trabajo que pagan semanalmente (y no son de actividad comercial), no están obligados a remunerar ese día si el empleado no lo trabaja. Si se labora, se paga un día sencillo.
Para las empresas con modalidad de pago mensual o quincenal, el salario ya incluye el pago de todos los días del mes, por lo que disfrutan del feriado sin que se les rebaje del sueldo.
Es importante destacar que, independientemente de la modalidad de pago, ningún trabajador está obligado a laborar en un día feriado. Un empleado no puede ser sancionado por negarse a trabajar en estas fechas, según lo establece la legislación laboral vigente.
