Economía y Política

Declaraciones D-151 y D-152, ¿quién debe presentarlas, por qué y qué pasa si no se realizan?

El 28 de febrero vence el plazo para que los contribuyentes presenten las declaraciones informativas D-151 (resumen anual de clientes, proveedores y gastos específicos) y D-152 (retenciones impuestos únicos y definitivos)

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Las personas físicas y jurídicas que gestionaron compras y ventas bajo el régimen simplificado, es decir sin emisión de factura electrónica, tienen que realizar la declaración de dichas transacciones nacionales antes del 28 de febrero.

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Tatiana Soto Morales

Tatiana Soto Morales

Periodista graduada de la Universidad Federada San Judas Tadeo. Tiene experiencia en temas de ambiente, salud, economía y deportes.