Las empresas que participan en el traslado y manejo de mercancías en Costa Rica deberán prepararse para los cambios que implementará el Ministerio de Hacienda en las declaraciones aduaneras.
Las nuevas disposiciones comenzarán a regir el 11 de enero de 2027 y obligarán a incluir información más detallada sobre las mercancías en cada Declaración Única Aduanera (DUA) correspondiente al régimen de tránsito.
Hasta ahora, algunas mercancías en tránsito podían registrarse mediante descripciones generales, como “artículos para el hogar” o “calzado y prendas de vestir”, sin identificar a quién estaban consignadas.

Esta situación dificulta, según Hacienda, la fiscalización y el análisis de las cargas, según explicó la institución.
Por este motivo, aprobaron las medidas en las resoluciones MH-DGA-RES-1714-2026 y MH-DGA-RES-1721-2026 y buscan mejorar la capacidad del Servicio Nacional de Aduanas para verificar si lo declarado coincide con los bienes que efectivamente ingresan al territorio nacional.
Con las nuevas reglas, los operadores deberán reportar información específica por línea de mercancía:
- Tipo y número de identificación del consignatario
- Clasificación arancelaria a ocho o doce dígitos
- Valor de unidades comerciales y físicas, el peso bruto y neto
- Condición física de los productos
- También será obligatorio incorporar los datos del proveedor y de las facturas comerciales.
- Los movimientos de inventario en depósitos asociados a un tránsito deberán vincularse con la identificación del consignatario.
Para Luis Javier Porras, presidente de la Comisión de Asuntos Tributarios del Colegio de Contadores Públicos, es importante prepararse para este cambio ya que el incumplimiento (declaraciones incompletas, genéricas o inconsistentes) puede derivar en:
- Rechazo o no aceptación de la DUA por el sistema informático.
- Retrasos en las operaciones de tránsito, movilización o depósito.
- Activación de controles preventivos, análisis de riesgo intensificados o verificaciones físicas/documentales.
- Posibles infracciones administrativas o tributarias aduaneras bajo la Ley General de Aduanas (multas, suspensiones temporales de autorizaciones para auxiliares de la función pública aduanera, etc.), especialmente si se detectan omisiones, datos inexactos o inconsistencias que faciliten evasión o contrabando.
- Impacto en la reputación operativa y posibles costos adicionales por demoras o regularizaciones.
Rodney Salazar, presidente de la Cámara de Comercio Exterior de Costa Rica (Crecex) aseguró que la principal recomendación para los importadores es no esperar hasta enero para iniciar el proceso de adaptación.
Las empresas deberían aprovechar estos meses para revisar conjuntamente con sus agentes aduaneros, transportistas, depositarios y proveedores tecnológicos la calidad y disponibilidad de la información que alimentará las declaraciones.
“Será especialmente importante garantizar desde origen información correcta y consistente sobre consignatarios, clasificación arancelaria, facturas comerciales, proveedores, valores, cantidades, pesos y demás datos que serán requeridos para cada línea de mercancía”, destacó.
Agregó que considera fundamental que la implementación de estos nuevos controles se realice bajo un equilibrio entre fiscalización y facilitación del comercio, procurando que una mayor calidad de información permita precisamente desarrollar controles más inteligentes, automatizados y basados en riesgo, sin traducirse en mayores tiempos o costos para las operaciones legítimas.
¿Quiénes deben prepararse?
Los principales obligados serán los transportistas, agentes aduaneros, depositarios y operadores de zonas francas y de perfeccionamiento activo.
Las disposiciones abarcan los tipos de tránsito comprendidos en la normativa, incluidos los movimientos hacia zonas francas y de perfeccionamiento activo, así como las reexportaciones.
Para cumplir con los nuevos requisitos, los operadores de comercio exterior tendrán que realizar los ajustes técnicos necesarios en sus sistemas de transmisión de mensajes XML, utilizados para enviar la información de las declaraciones aduaneras.
Hacienda concedió un plazo de adaptación de más de dos meses antes de la entrada en vigor de las disposiciones.
Los formatos de los mensajes están disponibles en el sitio web de la institución, en el apartado Documentos de interés, sección Servicio Nacional de Aduanas.
El objetivo de Hacienda, según explicaron en un comunicado de prensa, es fortalecer la transparencia y mejorar la calidad de la información que recibe la Administración Aduanera, de manera que pueda aplicar controles preventivos y automatizados, analizar riesgos y detectar inconsistencias operativas con mayor facilidad.
Víctor Julio Carvajal, viceministro de Ingresos, señaló que la iniciativa forma parte de las acciones para combatir la evasión y el contrabando, además de promover condiciones de mayor seguridad y equidad para quienes cumplen con sus obligaciones en el comercio internacional.
