Economía y Política

Impuesto a casas de lujo y sociedades disueltas: conozca los detalles de estas obligaciones cuyos plazos vencen este 16 de enero

Las sociedades disueltas entre el 2012 y 2016, que hicieron el pago y solicitud de reinscripción, tienen tiempo hasta el 16 de enero para gestionar el cese de la disolución.

La primera quincena de enero marca en el calendario una serie de obligaciones tributarias, en la que destacan: el impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda y el impuesto al Valor Agregado (IVA)

También se encuentra el cese de disolución de sociedades que se tramita ante el Registro Nacional, según indicó Silvia Castro, abogada tributaria.

En caso de que el contribuyente se atrase en la declaración y pagos, incurre en multa por la que deberá cancelar intereses. Para las sociedades disueltas que hicieron las gestiones a tiempo para reinscribirse, pero no solicitaron el cese antes de la fecha establecida incurren en una disolución definitiva, no así en multas.

Por otra parte, el 16 de enero es la última oportunidad para que la declaración y pago del IVA (de diciembre) y del impuesto a las casas de lujo se realice sin ningún tipo de sanción.

Las sociedades que fueron disueltas entre el 2012 y 2016, y que realizaron la solicitud de inscripción ante Tributación junto al pago correspondiente, deben gestionar el cese de la disolución antes de este 15 de enero del presente año.

“Si no lo hizo (el trámite) antes del 15 de enero ya no podrá hacer nada más que entrar al proceso de liquidación de la sociedad”, afirmó Castro, pero destacó que siempre que la obligación cae en día no hábil se traslada al día hábil siguiente.

Es decir, después de esa fecha ya no hay espacio para una nueva reinscripción ni la opción de pagar algún monto de multa para tener un nuevo periodo de gracia.

El pago del impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda se realiza durante los primeros 15 días de enero. Mientras el pago se ejecuta de manera anual, la declaración debe hacerse cada tres años siendo el 2022 el año de declaración.

“Si el año pasado no se presentó la declaración, entonces deberán pagar ¢231.100 de multa por la declaración tardía”, indicó Castro.

La especialista añadió que quienes no hacen el pago a tiempo se exponen a la tasa de interés de un 11,59% anual y un 1% por concepto de mora.

Las personas que deben pagar este impuesto son las que poseen propiedades de uso habitacional (utilizadas de forma habitual, ocasional o de recreo). El Ministerio de Hacienda actualizó que para el 2023 las propiedades que se someten a esta obligación son las que su valor de construcción supera los ¢148 millones.

Los tramos actuales, que se establecen de forma escalonada, son los siguientes:

  • Sobre el exceso de los ¢148 millones y hasta los ¢371 millones paga un 0,25%.
  • Sobre el exceso de ¢371 millones paga un 0,30%.
  • Sobre el exceso de ¢744 millones, un 0,35%.
  • Sobre el exceso de ¢1.116 millones, un 0,40%.
  • Sobre el exceso de ¢1.490 millones, un 0,45%
  • Sobre el exceso de ¢1.859 millones, un 0,50%
  • Sobre el exceso de ¢2.233 millones, un 0,55%

En el valor de construcción se debe tomar en cuenta también las construcciones que no son principales como los ranchos, piscinas, muros, calles internas, canchas deportivas y similares.

En los condominios se suman de manera proporcional las zonas compartidas.

El IVA se presenta y paga de manera mensual por parte de los contribuyentes ofrecen servicios o venta de mercancías.

“Finalizado el mes, el obligado tributario tiene los primeros 15 días naturales del mes siguiente para hacer la declaración y pagar el impuesto correspondiente, por medio de la herramienta ATV”, indica la página oficial del Ministerio de Hacienda.

Es decir, antes del 16 enero (porque 15 es domingo) se declara y cancela el IVA que el contribuyente facturó durante el mes de diciembre del 2022.

Fachada de una vivienda moderna de lujo con piscina, utilizada de forma regular o recreativa, que podría estar incluida en el pago del impuesto a casas de lujo.
Quienes deban pagar el impuesto solidario y no lo hagan a tiempo se exponen a una tasa de interés anual de un 11,59%. (Shutterstock/Shutterstock / La Nación)
Tatiana Soto Morales

Tatiana Soto Morales

Periodista graduada de la Universidad Federada San Judas Tadeo. Tiene experiencia en temas de ambiente, salud, economía y deportes.

LE RECOMENDAMOS

Exministra tica es nombrada como economista jefe y consejera económica del BID. Le contamos quién es ella.

Es la segunda costarricense que ocupa un alto cargo en el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), junto con Anabel González
Exministra tica es nombrada como economista jefe y consejera económica del BID.  Le contamos quién es ella.

Atención sociedades mercantiles: este es el cambio obligatorio que rige a partir del 4 de junio

Esta medida aplicará a partir de este miércoles a figuras como sociedades anónimas, de responsabilidad limitada, en nombre colectivo y en comandita simple.
Atención sociedades mercantiles: este es el cambio obligatorio que rige a partir del 4 de junio

16 gasolineras presentaron irregularidades en venta de combustibles. Conozca cuáles son

Entidad evaluó 419 estaciones de servicio activas, 16 de ellas presentaron irregularidades que fueron corregidas al poco tiempo
16 gasolineras presentaron irregularidades en venta de combustibles. Conozca cuáles son

En beneficio de la transparencia y para evitar distorsiones del debate público por medios informáticos o aprovechando el anonimato, la sección de comentarios está reservada para nuestros suscriptores para comentar sobre el contenido de los artículos, no sobre los autores. El nombre completo y número de cédula del suscriptor aparecerá automáticamente con el comentario.