Las personas que lleven su vehículo a revisión técnica encontrarán nuevos límites de precios a finales de octubre de 2026. La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep) aprobó un ajuste en las tarifas mínimas y máximas para las inspecciones y reinspecciones, que fue publicado en La Gaceta del 14 de octubre.
Para los vehículos de menos de 3,5 toneladas, la banda de inspección pasará a un mínimo de ₡5.138 y un máximo de ₡6.077, antes del impuesto al valor agregado (IVA). Con el IVA del 13%, esos límites equivalen a ₡5.805,94 y ₡6.867,01, respectivamente. En motocicletas, los límites serán de ₡3.913 y ₡4.628 sin impuesto, equivalentes a ₡4.421,69 y ₡5.229,64 con IVA.
La diferencia es importante para el usuario: Aresep no fijó un precio único para cada categoría, sino una banda dentro de la cual el prestador puede establecer su tarifa. Al monto seleccionado se le debe añadir el IVA y aplicar el redondeo correspondiente para obtener el cobro final.
Los valores con IVA que se presentan en este artículo se calcularon aplicando el 13% a los montos sin impuesto y se muestran antes del redondeo final en múltiplos de ₡10 dispuesto por la resolución.

¿Cuáles son los nuevos límites para la revisión?
La resolución RE-0131-IT-2026 establece las siguientes bandas para la inspección técnica de las ocho categorías de vehículos:
| Categoría | Tarifa mínima sin IVA | Tarifa máxima sin IVA | Mínima con IVA del 13%, antes del redondeo | Máxima con IVA del 13%, antes del redondeo |
|---|---|---|---|---|
| Vehículo de menos de 3,5 toneladas | ₡5.138 | ₡6.077 | ₡5.805,94 | ₡6.867,01 |
| Vehículo de más de 3,5 toneladas | ₡6.148 | ₡7.271 | ₡6.947,24 | ₡8.216,23 |
| Taxi | ₡6.164 | ₡7.291 | ₡6.965,32 | ₡8.238,83 |
| Autobús, buseta o microbús | ₡5.999 | ₡7.095 | ₡6.778,87 | ₡8.017,35 |
| Motocicleta | ₡3.913 | ₡4.628 | ₡4.421,69 | ₡5.229,64 |
| Equipo especial: maquinaria de obras o agrícola | ₡3.921 | ₡4.638 | ₡4.430,73 | ₡5.240,94 |
| Vehículos eléctricos, históricos y los comprendidos en el decreto 30709-MAG-MOPT | ₡4.029 | ₡4.765 | ₡4.552,77 | ₡5.384,45 |
| Remolque o semirremolque | ₡4.178 | ₡4.941 | ₡4.721,14 | ₡5.583,33 |
Los montos sin IVA corresponden a las bandas aprobadas por Aresep, no a una lista de precios finales al consumidor. Las columnas con IVA muestran sus equivalencias calculadas con el impuesto del 13%, antes del redondeo.
En el caso de los vehículos de menos de 3,5 toneladas, el límite mínimo anterior era de ₡5.083 y el máximo de ₡6.012, equivalentes a ₡5.743,79 y ₡6.793,56 con IVA, antes del redondeo. Con el ajuste, aumentan ₡55 y ₡65, respectivamente, antes del IVA, equivalentes a ₡62,15 y ₡73,45 con impuesto, también antes del redondeo. Ese cambio en los límites no significa que todos los usuarios pagarán automáticamente el mismo aumento: el cobro dependerá de la tarifa que aplique el prestador dentro de la banda autorizada.
¿Cuánto costará la reinspección?
La resolución también modifica las bandas del servicio de reinspección:
| Categoría | Tarifa mínima sin IVA | Tarifa máxima sin IVA | Mínima con IVA del 13%, antes del redondeo | Máxima con IVA del 13%, antes del redondeo |
|---|---|---|---|---|
| Vehículo de menos de 3,5 toneladas | ₡4.012 | ₡4.745 | ₡4.533,56 | ₡5.361,85 |
| Vehículo de más de 3,5 toneladas | ₡4.327 | ₡5.117 | ₡4.889,51 | ₡5.782,21 |
| Taxi | ₡4.443 | ₡5.254 | ₡5.020,59 | ₡5.937,02 |
| Autobús, buseta o microbús | ₡4.476 | ₡5.294 | ₡5.057,88 | ₡5.982,22 |
| Motocicleta | ₡3.333 | ₡3.942 | ₡3.766,29 | ₡4.454,46 |
| Equipo especial: maquinaria de obras o agrícola | ₡3.656 | ₡4.324 | ₡4.131,28 | ₡4.886,12 |
| Vehículos eléctricos, históricos y los comprendidos en el decreto 30709-MAG-MOPT | ₡3.313 | ₡3.919 | ₡3.743,69 | ₡4.428,47 |
| Remolque o semirremolque | ₡3.416 | ₡4.040 | ₡3.860,08 | ₡4.565,20 |
Estas bandas tampoco incluyen IVA en la resolución; las columnas con impuesto muestran el cálculo con el 13%, antes del redondeo. Para un vehículo de menos de 3,5 toneladas, los límites anteriores de reinspección eran de ₡3.957 y ₡4.680 sin IVA, equivalentes a ₡4.471,41 y ₡5.288,40 con impuesto, antes del redondeo.
¿Cómo se determina el cobro final?
Para conocer cuánto deberá desembolsar, el conductor necesita identificar la categoría de su vehículo y la tarifa concreta anunciada por el prestador. No debe asumir que se le cobrará necesariamente el mínimo o el máximo publicado por Aresep.
La resolución exige que los operadores comuniquen a las personas usuarias y a la Autoridad Reguladora las tarifas que aplicarán, así como cualquier cambio, al menos ocho días naturales antes de hacerlo efectivo.
¿Por qué cambia el precio y cuándo empieza a regir?
Aresep aprobó una fijación extraordinaria que actualiza la variación del canon de regulación, el cobro que financia la labor regulatoria. No se trata de una revisión integral de todas las variables de costos e ingresos del servicio.
La resolución establece que las nuevas bandas rigen quince días naturales después de su publicación en La Gaceta. Al haberse publicado el 14 de octubre, su entrada en vigor corresponde al 29 de octubre de 2026.
Además de las inspecciones y reinspecciones de estas categorías, la resolución fija una banda de ₡2.588 a ₡3.061, sin IVA, equivalente a ₡2.924,44 a ₡3.458,93 con el impuesto del 13%, antes del redondeo, tanto para la inspección en sitio de primer nivel de comercialización como para servicios especiales, entre ellos la reposición de documentos y la inspección de cambios de características registrales.
