Muchos contribuyentes se preparan para la declaración y el pago del impuesto sobre la renta, que deberá cumplirse el 16 de marzo (el día 15 es domingo). Sin embargo, se han reportado inconsistencias y errores en la migración de la información desde el antiguo sistema ATV a Tribu-CR.
Los problemas se concentran principalmente en lo relativo a pagos parciales, saldos a favor y créditos fiscales de períodos anteriores, lo que ha generado preocupación tanto a los contribuyentes como a los especialistas tributarios.
Tribu-CR comenzó a operar oficialmente el 6 de octubre del 2025, por lo que suma tres meses en funcionamiento.

Si bien Hacienda ha insistido en que se trata de un proceso gradual, los abogados tributarios advierten que la coincidencia entre el arranque del sistema y la temporada de renta eleva los riesgos operativos.
“Entendemos que, como en todo sistema informático, es normal que en los primeros meses haya inconsistencias. El problema es que aquí estamos hablando de impuestos ya pagados o por pagar. Esperábamos que, para este momento del año, el sistema estuviera lo suficientemente robusto para enfrentar la liquidación del impuesto sobre la renta”, aseguró Carlos Morales, socio del Grupo Camacho Internacional.
Explicó que el contribuyente se ve en una situación compleja: si los pagos parciales no se reflejan correctamente o existen inconsistencias en créditos y retenciones, debe declarar y pagar según lo que indica la plataforma, afectando en muchos casos el flujo de caja de personas físicas y empresas.
Ante este escenario, la recomendación es clara: documentar cada paso del proceso, conservar los comprobantes y realizar capturas de pantalla que sirvan como respaldo en caso de reclamos administrativos o eventuales acciones legales.
Trabas operativas
Germán Morales, socio director de Grant Thornton, aseguró que la situación es muy delicada porque afecta aspectos básicos del sistema tributario.
Los más afectados, añadió, son aquellos contribuyentes que ya pagaron de más mediante pagos parciales y no logran que esos montos se compensen automáticamente.
“El contribuyente está prácticamente atado de manos frente a la información que le cargue Hacienda. Si el sistema no refleja correctamente los pagos parciales o los créditos, igual debe declarar y pagar según lo que indique la plataforma”, señaló el representante de Grant Thornton.
Al ser consultados sobre este punto, en la Dirección General de Tributación argumentaron que los pagos parciales forman parte del período fiscal 2025, que se calcularon y se generaron originalmente en el sistema antiguo y posteriormente se migraron a Tribu-CR, incluyendo tanto los pagos ya cancelados como las obligaciones pendientes.
En cuanto a los saldos a favor, Mario Ramos, director de Tributación, reconoció que los que no pueden compensarse automáticamente corresponden a saldos migrados desde el sistema anterior.
Para estos casos, se habilitó en la OVI la opción “Solicitud de compensación de saldos migrados”, con el fin de que los contribuyentes gestionen ahí su aplicación.
“Lo que sí garantizamos es que los pagos parciales en Tribu-CR se realizarán a partir del período fiscal 2026”, destacó.
Dunia Zamora, presidenta del Colegio de Contadores Públicos, aseguró que ellos no han recibido ninguna consulta sobre este tema ni reportes formales sobre pagos parciales que no se reflejen, pero quiso señalar los pasos que los contribuyentes deben utilizar para declarar el impuesto a las utilidades:
Paso 1: Ingrese a la oficina virtual OVI con su usuario y clave.
Paso 2: Desde el menú, acceda al apartado “Cuenta tributaria”.
Paso 3: Desde la opción “Deudas pendientes” puede visualizar y consultar las obligaciones pendientes de pago, entre estas el pago parcial correspondiente.
Paso 4: En esta opción se visualizará el detalle de las deudas pendientes y se presenta una opción de pago, seleccionando la deuda que el contribuyente va a cancelar.
Paso 5: Realizar el pago.
Cuando el contribuyente presente la declaración anual del Impuesto a las Utilidades, al completar este formulario, al costado derecho se visualizará el pago parcial que realizó, el cual se aplica de forma automática al monto a cancelar por utilidades.
Métodos de pago bajo presión
A las inconsistencias en la información se suma otro punto sensible: los métodos de pago.
Con la entrada de TRIBU-CR, Hacienda deshabilitó la interconexión bancaria y estableció como principal mecanismo el rebajo automático del impuesto desde una cuenta IBAN registrada por el contribuyente.
No obstante, cuando el sistema presenta errores en el procesamiento de los pagos, la alternativa es acudir de forma presencial a entidades financieras como el Banco de Costa Rica (BCR) o el BAC.
“Si estos errores persisten conforme se acerque la fecha límite, es fácil imaginar las filas que podrían formarse en las sucursales bancarias”, aseguró Carlos Morales, del Grupo Camacho.
Hasta ahora, los abogados tributarios no han recibido quejas de contribuyentes que no hayan podido pagar, aunque reconocen que el riesgo aumenta conforme se acerque el vencimiento.
Sin embargo, Hacienda indicó que no tienen por qué tener ningún problema a la hora de hacer los pagos, ya que los montos parciales fueron trasladados al sistema TRIBU-CR y su cancelación quedó habilitada en línea desde el sistema en las mismas condiciones que cualquier otro tributo.
“En caso de que el contribuyente decida no utilizar este mecanismo, también cuenta con la opción de realizar el pago directamente en las ventanillas de todas las sucursales del Banco de Costa Rica (BCR) y del Banco BAC”, aseguró Ramos.
Para Raymundo Volio, abogado tributario y experto en impuestos de Actualidad Tributaria, era de esperar que la inclusión de este nuevo sistema trajera retos importantes y más complejidades fiscales; sin embargo, la existencia de “pulgas”, además de los problemas de aprender a declarar correctamente con los nuevos formularios, constituye un reto para todos los contribuyentes.
“Entre estas ´pulgas´ encontramos el problema del no pago de forma digital, que resultaría una excepción al procedimiento ordinario de pago, por cuanto en este momento la plataforma considera como medios de pago las plataformas digitales y, excepcionalmente, los bancos autorizados para pagar los impuestos. Esto, como digo, es algo excepcional y no la regla. Para los casos donde el sistema no permita al contribuyente utilizar los medios de pago digitales, se debe acudir a la Administración Tributaria y esperamos que esta anomalía del sistema pueda rectificarse”, aseguró.
¡Tome en cuenta!
Es fundamental que los contribuyentes verifiquen con anticipación que todos los créditos fiscales y pagos a cuenta estén correctamente conciliados en el sistema antes de realizar el pago del impuesto.
Si créditos fiscales, como el 2% por compras al Estado, no aparecen registrados, se debe:
- Solicitar a la institución que realizó la compra el documento oficial de la retención.
- Presentar ese documento ante la Administración Tributaria para solicitar su reconocimiento y poder compensarlo.
En el caso de los pagos parciales del impuesto (pagos a cuenta realizados en junio, septiembre y diciembre):
- Si el pago fue efectuado pero no se refleja en el sistema, se debe gestionar su acreditación ante la Administración Tributaria.
- La solicitud puede hacerse de forma virtual o presencial, adjuntando los comprobantes de pago.