El cierre fiscal en Costa Rica presenta características inéditas y exige una atención especial a las recientes reformas legislativas, a las nuevas obligaciones tecnológicas y a criterios de fiscalización más rigurosos.
A continuación, se presenta un recuento de los principales aspectos que deben considerarse por los contribuyentes y los profesionales tributarios al preparar el cierre fiscal de este periodo.
En primer lugar, destacan las recientes reformas a la Ley del Impuesto sobre la Renta (Ley N° 7092), entre ellas la ampliación de los beneficios para nuevas “mipymes”, que permiten reducir la carga fiscal durante los primeros seis años de operación, según la Ley N° 10392.

Este marco amplía el período con tasa reducida de 3 a 6 ejercicios fiscales y contempla escalas porcentuales para el pago del impuesto de utilidades en sus primeros años de operaciones (0% en los primeros 3 años, 25% en los 4 y 5, y 50% en el 6).
Las reformas tributarias más relevantes en Costa Rica para los periodos 2024-2025 afectan directamente el cierre fiscal y abordan varios ejes clave: modificación de tramos y tarifas, ampliación de beneficios para “mipymes”, cambios en la territorialidad, nuevas sanciones y ajustes en las obligaciones formales. Se actualizaron los tramos y las tarifas, tanto para personas físicas como para jurídicas, para el periodo fiscal 2025.
Para personas físicas, la escala de tasas va desde la exención hasta el 25% del monto de la renta neta. Para personas jurídicas, la tarifa máxima es del 30%, pero existen escalas y un tratamiento preferencial para las “mipymes” certificadas.
También se han introducido cambios para alinear la normativa costarricense con los criterios de la Unión Europea y de la OCDE en materia de transparencia y equidad tributaria, respecto de los cuales no hemos observado actuaciones fiscalizadoras ni litigios en el ámbito administrativo ni judicial.
El cierre fiscal 2025 será el primero en regirse completamente bajo la plataforma TRIBU-CR, lo que implica una mayor digitalización, centralización y uso de inteligencia artificial en la fiscalización tributaria.
La administración tributaria cuenta ahora con capacidades avanzadas para detectar inconsistencias a partir de la información electrónica recibida de los contribuyentes, por lo que es fundamental verificar que todas las transacciones estén debidamente documentadas y respaldadas con facturas electrónicas válidas conforme a las más recientes modificaciones.
Para un cierre ordenado y seguro, se recomienda seguir un protocolo exhaustivo que incluya, entre otros, los siguientes puntos: verificar la correcta emisión y el registro de todas las facturas electrónicas. Realizar conciliaciones entre los ingresos contables y los reportados otrora en el sistema ATV del Ministerio de Hacienda.
Para lograr una conciliación fiscal adecuada en el cierre de 2025 en Costa Rica, es clave analizar y documentar las diferencias entre la base contable y la base fiscal, atendiendo tanto a la normativa tributaria como a los estándares contables vigentes.
Los aspectos mencionados son esenciales para una conciliación exitosa y sin observaciones por parte de la administración tributaria. Asegurarse de que todos los gastos deducibles cumplan con los criterios legales de causalidad, necesidad y proporcionalidad.
Revisar aportes y pagos a la CCSS, INS y validar las obligaciones laborales. Garantizar que los estados financieros estén alineados con NIIF completas o con PYMES. Preparar la documentación de precios de transferencia y, si corresponde, presentarla dentro de los plazos concedidos al efecto siguientes al cierre fiscal. Anticipar el impacto de la volatilidad cambiaria en los ingresos y gastos financieros.
Optimizar los pagos parciales de ISR para evitar desembolsos innecesarios o solicitar, con base en proyecciones, la eliminación del tercer pago parcial si ya se han cubierto las obligaciones. Adicionalmente, para lograr una conciliación fiscal correcta y adecuada en el cierre de 2025 en Costa Rica, es clave analizar y documentar las diferencias entre la base contable y la base fiscal, siguiendo tanto la normativa tributaria como los estándares contables vigentes.
Los siguientes aspectos son esenciales para una conciliación exitosa y sin observaciones por parte de la administración tributaria.
- Verificación de Ingresos y Facturación Electrónica: todas las facturas electrónicas deben estar debidamente emitidas y aceptadas, y conciliarse con los registros contables y con los reportes del Ministerio de Hacienda. Prestar atención a los ingresos de exportaciones y de servicios digitales.
- Respaldo de Gastos Deducibles: hay que confirmar que todos los gastos cumplen con los principios de causalidad, necesidad y proporcionalidad según la ley y cuentan con documentación de soporte válida. Gastos sujetos a límite deben estar debidamente clasificados y justificados.
- Depuración de Partidas No Deducibles: identificar, separar y documentar gastos o provisiones no deducibles (como ciertos viáticos, donaciones, gastos personales o fuera de la norma fiscal).
- Actualización y Conciliación de Activos Fijos: revisar la vida útil, el método de depreciación y la alineación del registro contable con la póliza de seguros y con los estados financieros. Conciliar activos físicos con contabilidad.
- Gestión de Provisiones y Pasivos: validar técnicamente las provisiones para cuentas incobrables, laborales y otros pasivos, asegurando el respaldo documental y la correcta valuación.
- Conciliaciones Bancarias Completas: conciliar los saldos bancarios con la contabilidad, asegurando que todo ingreso o egreso esté debidamente documentado y que no existan partidas pendientes no justificadas.
- Cumplimiento de Obligaciones Formales: confirmar la presentación de declaraciones informativas, retenciones, IVA y pagos parciales o retenciones efectuados.
- Preparación de Papeles de Trabajo: documentar todos los ajustes y diferencias en los papeles de trabajo, con notas explicativas y evidencias, para facilitar cualquier eventual fiscalización.
- Revisión de Reportes Laborales y CCSS: conciliar planillas y aportes reportados ante la CCSS y el INS, e identificar posibles diferencias entre lo fiscal y lo registrado.
- Observancia de Precios de Transferencia: evaluar si aplica el régimen de precios de transferencia, preparar la documentación y realizar los ajustes conforme sea necesario.
- Criterio de Sustancia Económica: respetar el principio de sustancia sobre forma, dando prioridad a la realidad económica de las transacciones y no solo a la formalidad contable o fiscal.
Aprovechar incentivos y optimizaciones permitidos sin incurrir en prácticas elusivas o indebidas. Tener estos elementos en cuenta mejora significativamente la calidad de la conciliación fiscal y minimiza las contingencias ante una fiscalización del Ministerio de Hacienda.
La prudencia aconseja que el cierre fiscal se considere una oportunidad para fortalecer la gestión y disminuir los riesgos futuros de contingencias tributarias. Un proceso disciplinado permite proyectar transparencia ante socios, inversionistas, bancos y autoridades regulatorias.
Además, la correcta presentación de informes y la documentación a nivel de Precios de Transferencia son primordiales en un entorno donde la fiscalización internacional es cada vez más estricta. El cierre fiscal 2025 exige una gestión profesional, preventiva y adaptada a la transformación digital tributaria costarricense.
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Mario Hidalgo es socio de Impuestos y Legal de Grant Thornton Costa Rica