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Cambios en la forma de evaluar el deterioro de los documentos y las cuentas por cobrar
Recientes cambios en la normas contables han modificado la forma en que hasta la fecha se ha valuado y registrado el deterioro sobre los préstamos y cuentas por cobrar de las compañías, indistintamente del tipo de actividad económica (comerciales, industriales, financieras, etc.).
Con la implementación de la NIIF 9 Instrumentos Financieros se introduce un modelo de deterioro basado en la pérdida esperada, a diferencia del modelo actual. que se basa en las pérdidas incurridas. Este nuevo modelo de pérdidas esperadas mira hacia el futuro, mientras que el modelo actual (basado en la norma NIC 39) mira al presente y al pasado. Así, ahora no será necesario que se haya producido lo que actualmente conocemos como un evento de deterioro y conceptualmente todos los activos financieros tendrán una pérdida por deterioro desde el “día 1”, siguiente a su reconocimiento inicial.
Este nuevo enfoque se estructura a través de tres fases en las que puede encontrarse el activo financiero desde su reconocimiento inicial, basándose en el grado de riesgo de crédito y en la circunstancia de que ese haya producido un aumento significativo de este. También la valoración de la pérdida esperada va a requerir realizar estimaciones de pérdidas basadas en información razonable y fundamentada sobre los hechos pasados, las condiciones presentes y previsiones razonables y justificables respecto de las condiciones económicas futuras, por lo que el juicio y las estimaciones a realizar serán extremadamente importantes, según se desprende de un análisis efectuado por Deloitte España.
La estimación de incobrables deberá actualizarse en cada cierre para reflejar los cambios en las pérdidas esperada. Las fases también definirán el modo en que se calculen los ingresos por intereses a reconocer sobre activos; una vez se encuentre en la Fase 3, el interés se calcula sobre el valor del activo neto de la estimación.
Le invitamos escudriñar estos cambios en la normativa, los aspectos técnicos a considerar y el impacto que tendrá en sus estados financieros. La NIIF 9 es aplicable para ejercicios anuales a partir del 1.° de enero de 2018, con aplicación anticipada permitida.

El autor es director de Auditoría de Deloitte.