En los próximos días volveré a enfrentar un juicio penal por tercera vez en una misma causa, a raíz de una demanda relacionada con un programa de sátira política elaborado por estudiantes universitarios hace casi diez años.
No se trata únicamente de mi situación personal ni de una controversia que deba resolverse en los tribunales. Lo que está en juego es una pregunta esencial para cualquier democracia: ¿debe el ejercicio de la libertad de expresión terminar convertido en una condena económica, profesional y personal, incluso antes de que exista una resolución definitiva?
Mi recorrido judicial ha estado marcado por el desgaste, el hostigamiento, los mensajes de odio y un deterioro patrimonial que ha dejado consecuencias concretas. Los embargos y los costos de defenderme durante años no son abstracciones jurídicas: afectan los recursos, la tranquilidad y las posibilidades de una persona. Cuando un periodista debe dedicar una parte sustancial de su energía y sus ingresos a defenderse de un litigio prolongado, el proceso mismo adquiere una capacidad de castigo que merece ser analizada.
Este riesgo tiene nombre en el debate internacional: SLAPP, siglas en inglés de las demandas estratégicas contra la participación pública. Se trata de acciones judiciales que, por sus características y efectos, pueden utilizarse para intimidar a quienes investigan, informan u opinan sobre asuntos de interés público. Su eficacia no depende necesariamente de obtener una condena. Basta con prolongar la incertidumbre, multiplicar los gastos y convertir la defensa en una carga capaz de desalentar futuras críticas.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos abordó problemas fundamentales de esta naturaleza en el caso Palacio Urrutia y otros vs. Ecuador, cuya sentencia, del 24 de noviembre de 2021, declaró la responsabilidad internacional del Estado ecuatoriano por violaciones a la libertad de expresión y otros derechos de un periodista y de los directivos del diario El Universo.
El caso se originó en un artículo de opinión crítico sobre acontecimientos políticos y la actuación de autoridades públicas. La Corte reconoció la protección especial que merece el discurso sobre asuntos de interés público. Las reflexiones concurrentes de la sentencia también vincularon estos problemas con las SLAPP y la necesidad de prevenir el uso de procesos judiciales para silenciar voces críticas.
El precedente deja una advertencia que Costa Rica no debería ignorar: la honra merece protección, pero su defensa no puede convertirse en un mecanismo desproporcionado para restringir el debate público. Quienes ejercen funciones públicas o aspiran a ellas deben tolerar un escrutinio más intenso sobre sus actuaciones. Eso no significa que la prensa tenga licencia para difamar, sino que cualquier restricción debe responder a criterios rigurosos de legalidad, necesidad y proporcionalidad, compatibles con la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
En mi caso, la controversia se relaciona con un programa de sátira política. El humor, la parodia y la exageración forman parte de una tradición democrática que permite cuestionar a quienes buscan el poder. No toda expresión satírica debe considerarse inmune al derecho, pero tampoco puede interpretarse como si cada ironía fuera una afirmación literal. Desconocer su naturaleza empobrece la discusión ciudadana y amenaza una herramienta histórica de crítica política.
He sostenido que no pronuncié una afirmación difamatoria contra el entonces candidato y que, como director, mantuve abierta la posibilidad del derecho de respuesta. Corresponde a las autoridades judiciales resolver lo que les compete, con pleno respeto a las garantías de todas las partes. Pero esa responsabilidad no impide examinar los efectos que un proceso prolongado puede producir sobre la libertad de expresión.
El daño trasciende a quien comparece ante un tribunal. También alcanza a los estudiantes que podrían renunciar a crear, a los periodistas que optan por no publicar y a las fuentes que prefieren callar. La autocensura rara vez anuncia su llegada: aparece cuando el costo de hablar parece demasiado alto.
Por eso, mi tercer juicio no es solamente una experiencia personal. Es una oportunidad para reflexionar sobre las garantías que necesita una democracia para proteger la crítica, incluso cuando incomoda. La justicia debe determinar responsabilidades conforme a derecho, pero el sistema judicial también debe evitar que sus procedimientos se conviertan en instrumentos de intimidación.

Regresaré al tribunal con respeto por la justicia y con la convicción de que la libertad de expresión no se defiende únicamente cuando resulta cómoda. Se defiende, sobre todo, cuando alguien pretende cuestionar el derecho a criticar.
Ninguna democracia debería aceptar que el precio de ejercer el periodismo sea perder el patrimonio, la tranquilidad y, finalmente, la voluntad de hablar.
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El autor es periodista.