Si usted tiene su propio negocio, es un profesional liberal o realiza contratos por servicios profesionales debe prepararse para la declaración del impuesto sobre la renta, a dos meses del cierre del año fiscal.
Sea de su agrado o no, la materia impositiva es uno de esos campos en los que no puede desentenderse o alegar que no sabía que tenía que cumplir con cierta obligación.
Cada año, los empresarios –quienes deben inscribirse ante la Dirección General de Tributación (DGT) desde que su empresa empieza a operar- tienen que presentar su declaración de impuestos sobre el dinero generado de su actividad lucrativa y, si corresponde, pagar un porcentaje del impuesto sobre la renta.
Analicemos las diferentes obligaciones y cómo funcionan.
¿Qué es la declaración de impuesto sobre la renta y por qué hay que hacerla?
Luis Javier Porras, contador y vocero de Colegio de Contadores Públicos, explicó que es una declaración jurada en la que el contribuyente indica cuáles fueron las utilidades (ingresos menos gastos) generadas de su actividad lucrativa durante el período fiscal, que normalmente va de octubre de un año a setiembre del año siguiente.
En el campo tributario existe un principio que se denomina autoliquidación.
Se origina de la noción de que, como el contribuyente tiene más claro el panorama financiero de su negocio, él es quien le indica a las autoridades a cuánto ascienden sus ingresos y gastos y, en consecuencia, cuáles fueron sus utilidades.
Él mismo define -tras hacer un cálculo serio y honesto- cuánto debe pagar de impuesto sobre la renta.
Esto también funciona de esta manera porque sería muy difícil para la administración acercarse a cada ciudadano que tiene una empresa para calcular sus impuestos, sería algo prácticamente imposible.
La administración tributaria solo interviene si se incurre en algún error o falta, luego de establecerse un procedimiento en el que el contribuyente puede presentar sus argumentos.
¿A qué me expongo si no presento la declaración?
Si usted no presenta esta declaración puede recibir una sanción administrativa de medio salario base, que asciende a ¢201.700, de acuerdo con los términos del artículo 79 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.
Recuerde que es una obligación que tiene, según el artículo 20 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
¿Cómo se hace esa declaración?
El año anterior se efectuaba por medio del programa informático denominado EDDI-7, cuyas siglas significan Elaboración Digital de Declaraciones de Impuestos.
Sin embargo, este año se habilitará una nueva plataforma denominada Administración Tributaria Virtual (ATV), que funcionará a partir del 4 de octubre y en la que el contribuyente debe registrarse.
Operará completamente en línea, por lo que no se deben instalar programas, ni se deben realizar actualizaciones. Puede usarse desde cualquier navegador web y accederse por medio de una computadora o dispositivo que tenga Internet.
ABC del impuesto
¿Qué es el impuesto sobre la renta?
La legislación también lo llama el impuesto sobre las utilidades. Es un impuesto directo cuyo propósito es gravar lo que se conoce como renta neta o utilidades, que se generaron durante el período fiscal.
¿Qué se va a entender como utilidades? La diferencia o resta entre ingresos y gastos deducibles.
¿Cuál es el rango o porcentajes de pago del impuesto sobre la renta?
Según el Colegio de Contadores Públicos, esta es la escala progresiva para el cierre fiscal 2015.
Se debe recordar que la tasa que se debe cancelar se aplica sobre la renta neta, es decir, una vez que a los ingresos se le restan aquellos gastos deducibles.
Empresas | Ingresos brutos | Tasa |
Hasta | ¢52.710.000 | 10% |
Hasta | ¢106.026.000 | 20% |
Más de | ¢106.026.000 | 30% |
Personas físicas | Renta neta (ingresos menos gastos) | Tasa |
Hasta | ¢3.522.000 | Exento |
Sobre el exceso | ¢3.522.000 hasta ¢5.259.000 | 10% |
Sobre el exceso | ¢5.259.000 hasta ¢8.773.000 | 15% |
Sobre el exceso | ¢8.773.000 hasta ¢17.581.000 | 20% |
Más de | ¢17.581.000 | 25% |
¿Cuál es la fecha límite de presentación de la declaración y del pago del impuesto sobre la renta?
Dos meses y quince días naturales después del cierre fiscal, estipula el artículo 20 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
Como el cierre fiscal es el 30 de setiembre, la fecha límite para presentar la declaración y pagar el impuesto -sin tener que pagar ninguna multa- es el 15 de diciembre.
¿Existe algún cambio que rija este año en la manera de presentar la declaración y de pagar el impuesto?
Aparte de la habilitación de la nueva plataforma ATV, para este año se deben considerar como un crédito fiscal en la declaración de renta los montos que por impuesto de renta le hayan retenido las operadoras de tarjeta de crédito a aquellos negocios que efectuaron ventas a clientes y estos les pagaron con tarjeta de crédito o débito.
“Dichas retenciones se consideran como un pago anticipado del impuesto de renta, por ende cuando se presenta la declaración anual constituye un saldo en favor del negocio que realizó la venta”, detalló el contador Porras.
Tres ejemplos de cuánto se pagaría de impuesto sobre la rentaUna pyme o empresa grande podría enfrentarse ante estos tres escenarios en relación con el pago del impuesto sobre la renta: Escenario A Escenario B Escenario C Ingresos brutos ¢48.000.000 ¢84.000.000 ¢108.000.000 Costo de Ventas ¢24.000.000 ¢42.000.000 ¢54.000.000 Gastos de operación ¢9.600.000 ¢16.800.000 ¢21.600.000 Utilidad (Renta neta) ¢14.400.000 ¢25.200.000 ¢32.400.000 Impuesto s. la renta ¢1.440.000 (a) ¢5.040.000 (b) ¢9.720.000 (c) a) Se multiplica ¢14.400.000 (renta neta) * 10%, pues hasta ¢52.710.000 de ingresos brutos se aplica una tarifa impositiva del 10%. La empresa pagaría ¢1.440.000 de impuesto sobre la renta. b) Se multiplica ¢25.200.000 (renta neta) * 20%, pues hasta ¢106.026.000 de ingresos brutos se aplica una tarifa impositiva del 20%. La empresa pagaría ¢5.040.000 de impuesto sobre la renta. c) Se multiplica ¢32.400.000 * 30%, pues al tener más de ¢106.026.000 de ingresos brutos se aplica una tarifa impositiva del 30%. La empresa cancelaría ¢9.720.000 de impuesto sobre la renta. Fuente: Luis Javier Porras, contador y vocero del Colegio de Contadores Públicos. |
Nota de la redactora: Esta información fue actualizada a raíz del anuncio que hizo el 31 de agosto el Ministerio de Hacienda sobre la habilitación de la plataforma Administración Tributaria Virtual (ATV), que sustituye al programa EDDI-7 para la presentación de la declaración de renta.