Cambios al reglamento de la Ley de Contratación Administrativa introducen beneficios para la Micro, Pequeña y Mediana empresa (Mipyme). Entre ellos, el Estado está ahora obligado a pagarle en un plazo máximo de 30 días, mientras que anteriormente se extendía a 45 días.
“La idea es ayudarle a la Pyme a que tenga un mayor flujo de caja”, explicó Luis Álvarez Soto, viceministro de Economía, Industria y Comercio encargado del área Pyme, durante el videochat organizado por El Financiero en noviembre del 2012.
Otro incentivo, explicó en Viceministro, es que la Mipyme puede optar por instrumentos financieros que el Sistema Banca para el Desarrollo (SBD) tiene. Si por ejemplo la empresa enfrenta una licitación que ha ganado, puede presentar esa factura y descontarla con recursos del SBD, reduciendo el plazo de cobro a mucho menos de 30 días, comentó.
Por otra parte, se exonera a las Pymes de la presentación de una garantía de participación; mientras se mantiene el requisito de presentar una garantía de cumplimiento.
Aicionalmente, Álvarez recalcó que cuando se da una licitación en condiciones de igualdad entre una empresa grande y una Pyme, se establece que la Administración le “da puntos adicionales” a la segunda, “para poder inclinar la balanza”.
Con la publicación en el diario oficial La Gaceta, las Mipymes debidamente registradas en el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC), pueden exigir dichos incentivos, lo que les permitirá competir en condiciones más favorables contra las ofertas de grandes empresas.