Tres organizaciones empresariales acudieron a la Sala Constitucional para defender el proyecto de jornadas laborales excepcionales de 12 horas, conocido como jornadas 4x3, que actualmente se encuentra bajo revisión del tribunal por una consulta que presentaron 16 diputados de oposición.
La Cámara de Industrias de Costa Rica (CICR), la Cámara Costarricense-Norteamericana de Comercio (AmCham) y la Asociación de Empresas de Zonas Francas (Azofras) anunciaron este 20 de octubre que presentaron una coadyuvancia para respaldar la constitucionalidad de la iniciativa, que se tramita bajo el expediente 24.290.
Las organizaciones buscan aportar argumentos técnicos y jurídicos para responder a los cuestionamientos sobre el procedimiento legislativo y el contenido de la reforma, especialmente las disposiciones relacionadas con la duración de las jornadas, los descansos, las remuneraciones y el derecho a la intimidad de las personas trabajadoras, informaron.
Las cámaras sostienen que la reforma permitiría establecer reglas claras para empresas cuyos procesos productivos requieren operaciones continuas, con garantías y protecciones para los trabajadores. Además, argumentan que la ausencia de una regulación específica para estas modalidades afecta a competitividad del país, limita oportunidades de empleo y desincentiva la inversión.
Las tres organizaciones señalaron que han participado durante más de dos décadas en las discusiones sobre jornadas excepcionales y consideran que su aprobación permitiría atender necesidades reales del sector productivo.

¿Qué revisa la Sala?
La intervención empresarial se produce después de que 16 diputados de oposición presentaron una consulta facultativa de constitucionalidad del proyecto, el 12 de octubre pasado, luego de su aprobación en primer debate con 31 votos a favor y 19 en contra.
Los legisladores formularon cuatro cuestionamientos al procedimiento seguido por el Congreso y 11 adicionales sobre el contenido de la iniciativa.
Entre las objeciones de procedimiento, figura una suspensión del trámite legislativo abreviado que se había aprobado para la iniciativa entre febrero y abril de 2026, así como supuestas limitaciones de debate que habrían heredado los diputados que asumieron sus cargos en mayo pasado.
Los consultantes también cuestionaron que el Congreso le diera prioridad al proyecto antes de resolver la elección pendiente de magistrados suplentes de la Sala Constitucional.
En cuanto al fondo, la discusión se concentra en la compatibilidad de las jornadas excepcionales con los límites del artículo 58 de la Constitución Política y con los compromisos internacionales de Costa Rica en materia laboral, como los convenios de la OIT.
El numeral 58 de la Constitución señala expresamente que “la jornada ordinaria de trabajo diurno no podrá exceder de ocho horas diarias y cuarenta y ocho horas a la semana”, mientras que “la jornada ordinaria de trabajo nocturno no podrá exceder de seis horas diarias y treinta y seis a la semana”. Además, indica que “el trabajo en horas extraordinarias deberá ser remunerado con un cincuenta por ciento más de lo sueldos o salarios estipulados” y solamente se abre la puerta para que existan casos de excepción “muy calificados”, determinados por la ley.
La consulta también plantea dudas sobre las garantías de salud ocupacional, los descansos, las remuneraciones, la privacidad y las posibles consecuencias de las jornadas extendidas para las personas con responsabilidades familiares.
La resolución de la Sala Constitucional determinará si existen vicios de procedimiento o de fondo, y su alcance. Este tipo de problemas algunas veces se pueden revertir dentro del mismo procedimiento legislativo, pero otras es materialmente imposible o requiere cambios profundos en la redacción de la iniciativa.
Ya en noviembre de 2023, la Sala encontró vicios sustanciales de tramitación (no reversibles) en otro proyecto de jornadas 4x3, lo cual dio al traste con esa iniciativa. Además, los trabajadores podrán aceptar laborar en uno de sus días libres, con una remuneración del 50% adicional.

¿Qué dice el proyecto en detalle?
El proyecto de ley contempla jornadas diurnas, nocturnas o mixtas de hasta 12 horas, con un máximo de cuatro días consecutivos de trabajo en el primer y el segundo casos y de tres en el tercero. Además, establece un pago del 17% sobre el salario mínimo para los trabajadores diurnos y de 25,5% para los nocturnos como compensación por las horas extra.
Según la redacción, las jornadas solo se podrían aplicar en el caso de trabajadores del sector privado que desempeñen funciones esenciales en actividades de manufactura tecnificada, fabricación de dispositivos médicos, servicios de apoyo a esos procesos y servicios corporativos que requieran operaciones continuas durante las 24 horas; mientras que quedarían excluidos los empleados públicos, menores de edad, mujeres embarazadas o en período de lactancia, así como quienes realizan labores agrícolas, de construcción, peligrosas, insalubres o que impliquen esfuerzos físicos excesivos.
Los patronos podrán cambiar entre jornada excepcional diurna, mixta y nocturna, siempre y cuando la persona trabajadora lo consienta expresamente y se le avise con al menos 48 horas de antelación.
