Economía y Política

Sala IV declaró inconstitucional que se obligue a usar el apellido del padre de primero: ¿qué implicaciones reales tiene este fallo?

Los magistrados consideraron, por mayoría, que imponer el uso del apellido del padre en Costa Rica como primero en orden es “anacrónico” y “patriarcal”, tras una consulta de una persona mayor de edad. ¿Esto cambiará la escogencia del apellido de los recién nacidos? Explicamos.

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El artículo 49 del Código Civil establece que “toda persona tiene el derecho y la obligación de tener un nombre”, el cual estará formado por “una o a lo sumo dos palabras usadas como nombre de pila, seguidas del primer apellido del padre y del primer apellido de la madre, en ese orden”. Así se ha regulado la formulación de nombres en Costa Rica hasta este 24 de enero. Pero ahora las reglas cambiarán.








Josué Alfaro

Josué Alfaro

Periodista colaborador de El Financiero. Graduado de la carrera de Ciencias de la Comunicación Colectiva con énfasis en Periodismo de la Universidad de Costa Rica. Ganó el premio 'Periodista del Año en El Financiero 2022'.

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