El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) declaró con lugar un recurso de amparo electoral contra el presidente de la República, Rodrigo Chaves, presentado en marzo por el politólogo y exprecandidato presidencial Claudio Alpízar.
Alpízar sañaló en el recurso que Chaves usa una narrativa que favorece a un sector o partido en específico, lo que afecta al derecho de un voto libre.
En su respuesta, el TSE consideró que Chaves, con su accionar y sus manifestaciones verbales, incurrió en actuaciones que afectan derechos fundamentales del amparado y del electorado.
LEA MÁS: Fiscalía acusa a Rodrigo Chaves y otros altos funcionarios por financiamiento ilegal
“El señor Chaves Robles aprovechó ilegítimamente su investidura y la preponderancia de su imagen para favorecer un programa político específico, lo cual afecta negativamente los intereses de otras plataformas partidarias que se presentan como alternativas de oposición”, indica el comunicado de prensa del Tribunal emitido este jueves 26 de junio.
La resolución 4259-E1-2025, además, pide a Chaves abstenerse de realizar cualquier conducta que incida en la libre determinación de los votantes.

La Constitución Política obliga a los funcionarios públicos a evitar este tipo de comportamientos verbales o no que interfieran en la determinación del voto.
Este recurso, indica el TSE, no está relacionado con beligerancia política, materia que se está conociendo en otra instancia. Además, reiteró que esta resolución no establece sanciones para Chaves.
LEA MÁS: TSE refuerza límites a la propaganda oficialista durante el proceso electoral
El Tribunal agregó que este tipo de señalamientos a figuras con función pública se han hecho anteriormente, en los años 2010, 2014 y 2018.
“El TSE desde hace 15 años había advertido que existen mensajes que (...) afectan el derecho fundamental a un voto libre sin presiones”, indicó la institución.