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Una de las dudas recurrentes entre los profesionales liberales es si están en la obligación de aceptar medios alternativos de pago, si todos o alguno de ellos. La Dirección General de Tributación ya se ha manifestado al respecto.


Actualmente, la Ley del Impuesto sobre la Renta señala que los agentes que, en función de captar recursos del mercado financiero, paguen o acrediten intereses a personas domiciliadas en Costa Rica, deben retener un impuesto del 15% sobre dicha renta.


En el proceso de que las empresas emitan comprobantes electrónicos, la Dirección General de Tributación, señaló que debido a dudas generadas por los productores agropecuarios y pesqueros se otorgó una prórroga a este sector siempre y cuando ejercieran exclusivamente actividades incluidas en esos sectores.