A fines del 2018, el Gobierno Central recuperará una porción de los recursos asignados a las instituciones adscritas a ministerios, pero que estas no ejecutaron.
Se trata de unos ¢67.000 millones en fondos ociosos que acumularon, hace dos años, ministerios, municipalidades y otras entidades descentralizadas y poderes en la Caja Única del Estado.
En total, la cifra de fondos sin uso que se registró en ese momento fue de ¢200.000 millones, pero es solo cerca de una tercera parte de ese monto la que puede ser utilizada para la amortización de la deuda del Gobierno Central, al término del año en curso.
La reincorporación de ese dinero a las finanzas públicas suena oportuna, más en una época en la que se agota el oxígeno para atender la deuda.
Sin embargo, el regreso de estos fondos al Ministerio de Hacienda será más un ajuste contable que un reintegro de dinero a las cajas del Gobierno, lo que no quiere decir que sea infructuoso.
El reintegro contable del dinero servirá para reducir la necesidad de recursos de Hacienda y, por tanto, también la deuda pública.
De igual forma, está claro que el monto es insuficiente y está muy lejos de significar un alivio real para los pendientes de Hacienda, que tan solo en el segundo semestre del año espera captar ¢2 billones en el mercado por medio de la emisión de bonos de deuda.
Además, será la primera vez que se permite reducir los montos que las instituciones acumulaban a su favor aun cuando la ejecución de los recursos demostraba que necesitaba un presupuesto menor.
Lo anterior, ocurre por la entrada en vigor de la Ley de Eficiencia de la Administración de los Recursos Públicos, publicada en 2016.
“Aunque las cuentas de Caja Única son un pasivo sin costo para el Ministerio de Hacienda, la acumulación de saldos es resultado de la no ejecución de recursos financieros asignados a las instituciones adscritas a ministerios de Gobierno Central de años anteriores, reflejan ineficiencia en la ejecución e implican mayores niveles de endeudamiento cuando dichos fondos se ejecuten”, afirmó Helio Fallas, ministro de Hacienda al momento de aprobación de la Ley.
¿Qué es la Caja Única del Estado?
Suponga que el Ministerio de Educación Pública (MEP) desea activar la obra pública e invertir en la infraestructura de escuelas y colegios. Los recursos que esta institución necesite para hacerlo le serán girados a través de la Caja Única del Estado, donde están registrados los fondos que el presupuesto de la República le ha otorgado.
Todas las instituciones públicas gestionan sus recursos en la Caja Única del Estado, mecanismo por medio del que ejecutan los pagos de forma electrónica a funcionarios y proveedores.
Al 29 de agosto del 2018, el sistema acumuló más de ¢1 billón, monto del que una buena parte corresponde al MEP, lo que va en línea con ser la entidad pública que más recibe dinero del Presupuesto.
Recursos ociosos dejan de acumularse
En 2016, los legisladores aprobaron la Ley de Eficiencia de la Administración de los Recursos Públicos, que determinó que si una entidad registra un superávit libre al cierre del ejercicio económico, ese monto deberá ser ejecutado. En caso contrario, Hacienda echará mano de esos montos.
La legislación mencionada estableció un periodo de dos años para que las entidades utilizaran el dinero ocioso o, de lo contrario, esos fondos “regresarían” a Hacienda para atender la amortización de la deuda interna y externa.
En el caso de las juntas de educación del MEP, se dispuso un periodo de dos años adicionales, pero únicamente cuando demuestren haber iniciado algún trámite para ejecutar un determinado proyecto ante la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Educativo.
El superávit libre corresponde al exceso de ingresos ejecutados sobre los gastos reales efectuados al final de un ejercicio presupuestario.
Cuando salió la ley, el Gobierno dio a conocer que los recursos ociosos eran ¢250.000 millones. Este monto que pasó a ¢200.000 millones luego de que algunas entidades justificaran qué parte de su superávit correspondía a montos que ya tenían un destino específico.
Esto quiere decir que se trataba de excedentes que, por disposición normativa u operativa, están comprometidos a un fin en particular y que puede ser usado en periodos subsiguientes, según dictaminó la Ley.
La encargada de determinar la cifra de recursos ociosos, luego de un análisis y según lo dicta la normativa, es la Autoridad Presupuestaria, conformada por el ministro o viceministro de Hacienda, el ministro de Planificación o un representante y un ministro o viceministro adicional designado por el Presidente de la República.
Se le consultó a Hacienda el detalle de los superávits generados por entidad en este momento, pero EF no recibió respuesta al cierre de edición.
Cambios y beneficios
Antes de la entrada en vigor de la Ley, todos los fondos ociosos que acumularan las entidades públicas se convertían en gastos para el Gobierno, pero se puso fin a esto.
“Sí hay una implicación importante, en el sentido de que antes de la Ley lo que sucedía es que el gasto -la transferencia realizada a la institución pública- quedaba registrado y nunca se retornaban los recursos no empleados. Las instituciones receptoras terminaban teniendo saldos importantes a su favor”, explicó el economista José Luis Arce.
El Gobierno puede presupuestar una transferencia, pero esto no significa que tenga los recursos para hacerla.
La Caja Única evita que el dinero salga del erario del Gobierno. En otras palabras, se registra una cuenta por pagar (pasivo) pero el dinero no se deposita en las cuentas de cada institución pública, sino que se mantiene en las cuentas del Banco Central de Costa Rica (BCCR).
Ese dinero no recibe rendimientos ni intereses, por lo que representa un pasivo sin costo para Tesorería Nacional, hasta que las instituciones ejecuten los fondos.
Así, si los recursos no se ejecutan, el Gobierno tendrá menor necesidad de endeudarse. Lo que cambia es el flujo de las necesidades.
“Lo que significaría es que eventualmente ocuparíamos menos recursos para hacer pagos en esos vencimientos, porque esos recursos los habíamos presupuestado y la entidad los iba a gastar”, comentó Mauricio Arroyo, subtesorero nacional.
Esta es la primera vez que se aplica lo dispuesto por la nueva legislación, pero luego de cada ejercicio presupuestario se mantendrá la misma medida.
En adelante, la duda es si conforme se vea que algunas entidades muestran un alto nivel de recursos ociosos, esto se traducirá en una disminución del presupuesto que le otorga el Gobierno cada año.
Sería una forma adecuada y relevante de disminuir egresos y de esta manera, no atacar solo el ingreso evitando así los disparadores automáticos del gasto y haciéndolo de una manera razonada, justificada y proporcional, dijo José Miguel Grillo, asesor financiero de Mercado de Valores.
Según Hacienda, el objetivo es acompañar la medida junto con otras propuestas, que más bien eliminarían la generación de esos superávits por parte de las instituciones públicas.
La iniciativa más importante en esta línea es que varias de esas entidades adscritas que hoy acumulan recursos ociosos, pasen a ser parte de programas de ministerios, entonces esos superávits desaparecen.
La ministra de Hacienda, Rocío Aguilar, anunció que desde este momento hasta el 2020 hará un estudio sobre las instituciones adscritas a ministerios, y el perjuicio presupuestario y legal que le provocan al funcionamiento del Gobierno. La propuesta va en línea con unificar o fusionar entidades.
Aguilar explicó que los planes de gastos de muchas de estas instituciones no pasan bajo el control de la corriente legislativa, de modo que las erogaciones carecen de vigilancia.