A menos de 15 días para la implementación oficial del Sistema Integrado de Gestión Tributaria, conocido como TRIBU-CR, los contribuyentes de Costa Rica deben prepararse para una transición que implicará la desactivación de las plataformas actuales y la adopción de un nuevo ecosistema digital.
El Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica ha emitido una alerta sobre las fechas clave y las acciones preventivas que toda persona o empresa debe tomar en cuenta.
Si bien la fecha oficial de arranque de TRIBU-CR es el 6 de octubre de 2025, el momento más crítico para los contribuyentes ocurrirá antes. Según advierte la institución, el corte de datos para la migración al nuevo sistema se realizará el próximo jueves 25 de septiembre a las 11:45 p. m.

A partir de esa hora, el Ministerio de Hacienda deshabilitará las plataformas actuales como la Administración Tributaria Virtual (ATV), TRAVI, DeclaraWeb y EDDI-7, para trasladar la información al nuevo sistema. El uso de TRIBU-CR será obligatorio desde su puesta en marcha.
La información que se migrará automáticamente incluye:
- Datos del Registro Único Tributario (RUT).
- Declaraciones tributarias recientes.
- Créditos fiscales y deudas vigentes.
- Autorizaciones de representantes legales.
Es crucial destacar que datos como usuario, contraseña, correo electrónico y teléfono no serán migrados, por lo que cada contribuyente deberá actualizarlos directamente en TRIBU-CR una vez que el sistema esté operativo.
“Este cambio implica la sustitución de varias plataformas actuales y representa un paso fundamental hacia la modernización y simplificación de los procesos tributarios en el país”, señaló Dunia Zamora, presidenta del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.
Lista de verificación para el contribuyente
Para asegurar una transición sin contratiempos, Zamora resalta la importancia de una serie de acciones preventivas que deben realizarse antes del corte del 25 de septiembre:
- Verificar documentos de identidad: Asegúrese de que su cédula de identidad, NITE o DIMEX se encuentre vigente.
- Autorizar usuarios: Confirme que las personas designadas para gestionar sus tributos estén habilitadas para modificar el Registro Único Tributario (RUT) antes de la fecha límite.
- Respaldar información: Guarde una copia de su RUT actual para poder compararla con los datos que aparecerán en TRIBU-CR y verificar que las obligaciones sean las correctas.
- Ponerse al día: Presente todas sus declaraciones y realice los pagos pendientes para evitar inconsistencias en la información que será migrada.
- Conciliar cuentas: Solicite un estado de cuenta de sus tributos para conciliarlo con sus registros contables internos.
- Actualizar sistema de facturación: Verifique que su sistema de comprobantes electrónicos cumpla con la versión 4.4 exigida por el Ministerio de Hacienda y que el personal esté capacitado para utilizarla.
Cambios en las declaraciones y plazos importantes
La implementación de TRIBU-CR traerá consigo modificaciones en los formularios. Por ejemplo, la Declaración del Impuesto al Valor Agregado (D-104) será sustituida por varios formularios específicos según el régimen del contribuyente:
Nombre de Formulario | Número | Obligado Tributario |
---|---|---|
Impuesto al Valor Agregado (IVA) | D-150 | Régimen Tradicional y Especial de Bienes Usados (modalidad a). |
IVA - Régimen especial de bienes usados | D-157 | Régimen Especial de Bienes Usados (modalidades b y c). |
IVA - Régimen especial agropecuario | D-151 | Régimen Especial Agropecuario (cuatrimestral). |
IVA - Régimen especial agropecuario | D-152 | Régimen Especial Agropecuario (anual). |
Zamora añadió que “otros ajustes normativos en formularios de IVA, renta y precios de transferencia también entrarán en vigor con la implementación del nuevo sistema”. Por ello, se recomienda a los contribuyentes y asesores fiscales revisar las resoluciones publicadas por Hacienda para analizar los nuevos requerimientos de información.
Fecha límite: Segundo pago parcial de Renta
En medio de esta transición, los contribuyentes deben tener presente otra fecha crucial: el martes 30 de septiembre. Ese día vence el plazo para realizar el segundo pago parcial del Impuesto sobre las Utilidades (Renta).
Según informó Hacienda, este pago podrá realizarse a través de DTR en el sistema ATV y Conectividad hasta las 11:59:59 p. m. del 30 de septiembre. La funcionalidad para realizar pagos se reanudará en la plataforma TRIBU-CR el 6 de octubre a las 9:00 a. m.
El incumplimiento de este pago genera intereses, una multa por mora del 1 % mensual (hasta un máximo del 20 % del monto omitido) y posibles sanciones adicionales.
El Colegio de Contadores Públicos recomienda a todos los contribuyentes capacitarse y mantenerse informados a través de los canales oficiales del Ministerio de Hacienda y consultar las resoluciones pertinentes en el Sistema Costarricense de Información Jurídica.