En 2025, el Chartered Institute of Arbitrators (CIArb), una organización privada que nació en el Reino Unido en 1979 y que se dedica entre otras cosas a promover capacitaciones y herramientas de alto nivel en arbitraje internacional, publicó una guía sobre el uso de la inteligencia artificial (IA) en procedimientos arbitrales (Guía). La Guía es un marco de normas no vinculante de referencia internacional y se dirige a árbitros, compañías, abogados, peritos y tribunales, con el objetivo de promover una integración responsable, transparente y jurídicamente segura de tecnologías de IA en el arbitraje.
La Guía se publicó en inglés y se estructura en cuatro partes sustantivas y dos anexos. La parte I examina los beneficios y riesgos del uso de IA, reconociendo su utilidad para la investigación, el análisis documental, redacción, traducción, transcripción y análisis predictivo. Sin embargo, también advierte sobre los riesgos, como la pérdida de confidencialidad, los desequilibrios procesales y sesgos algorítmicos, así como desafíos ambientales dada la enorme cantidad de energía que requiere su uso.
La parte II establece ciertos principios orientadores como la debida diligencia tecnológica, la no delegabilidad de responsabilidades, la transparencia selectiva y la revisión continua. En la parte III se regula el uso de IA por las partes en el arbitraje, incluyendo la necesidad de hacerlo constar en alguna orden procesal y también rechazando cualquier limitación al uso privado que las partes quieran aplicar de la IA. En esa parte también se establecen los deberes de informar sobre el uso de IA. Por último, la parte IV impone límites al uso de IA por los árbitros, quienes deben evitar delegar funciones jurisdiccionales esenciales y asumir plena responsabilidad sobre el laudo. En efecto, la IA no puede reemplazar al árbitro, una de las grandes preocupaciones de los usuarios.
La Guía viene acompañada de dos anexos: el anexo A es una plantilla de acuerdo entre las partes para el uso de IA en un caso de arbitraje y el anexo B es una plantilla de orden procesal que regula su aplicación en un caso particular, ambos muy útiles.
En conclusión, la Guía del CIArb no busca restringir la innovación sino más bien procura armonizarla con garantías procesales. Su aplicación práctica dependerá de la autonomía de las partes, la disciplina del tribunal y el cumplimiento del marco legal. Es un gran aporte a la práctica arbitral y su implementación adecuada fortalecerá la legitimidad del arbitraje en la era de la inteligencia artificial.
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Dyalá Jiménez es abogada y se especializa en resolución de disputas internacionales. Es miembro de las más prestigiosas instituciones de arbitraje del mundo, como el Ciadi del Banco Mundial, el Consejo Internacional de Arbitraje Comercial y el Consejo Internacional de Arbitraje para el Deporte. Es exministra de Comercio Exterior y conforma la Junta Directiva de Cinde.