El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Coassif) remitió en consulta pública un cambio en los reglamentos de calificación de deudores y de suficiencia patrimonial con la intensión de brindar mayores facilidades para posibilitar la readecuación de deudas y permitir que las entidades financieras puedan suavizar los cambios en las categorías de riesgo de sus clientes, sin que se comprometa el capital regulatorio para hacerle frente a dichos riesgos, es decir, la suficiencia patrimonial.
Los cambios en la regulación van en tres sentidos y se aplicarían durante el año 2023. En primer lugar, se modifica la forma en que las entidades financieras califican el riesgo de sus clientes. La regulación exige que los bancos deben disponer de un mayor nivel de suficiencia patrimonial si sus clientes tienen una peor calificación; en el presente, el cliente cae en su calificación de riesgo si le readecuan un crédito en más de una oportunidad en los últimos 24 meses, pero con la reforma se permitirá una segunda readecuación, sin perder la calificación actual si está clasificado en B2 o C1, esto es, sin dañar el historial crediticio del deudor. Para otras clasificaciones se adecúa la estimación de incobrabilidad para disminuir el impacto sobre la suficiencia patrimonial.
En segundo lugar, se le permitirá al cliente saldar una deuda entregando un bien en dación de pago, sin que ello dañe el comportamiento de pago histórico. En la actualidad se permite este tipo de operaciones pero con una afectación sobre el récord crediticio del deudor en el Centro de Información Crediticia (CIC). En tercer lugar, el cambio regulatorio busca disminuir el peso que tienen deudas antiguas sobre la valoración de riesgo de los deudores.
Esta flexibilización en la regulación de riesgo de crédito llega en buena hora, pues se anticipa al incremento que va a ocurrir en las tasas de interés de los préstamos a raíz del fuerte ajuste que el Banco Central de Costa Rica ha venido realizando sobre la tasa de política monetaria (TPM) para controlar el incremento en la tasa de inflación.
En menos de diez meses la TPM ha subido de 0,75% a 9% y ello presiona al alza la tasa básica pasiva (TBP), la cual tiene un rezago de meses debido a su metodología de cálculo. Sin embargo, una vez que termine el ajuste, la TBP es probable que se ubique por alrededor del 12%, si el BCCR no continúa con su afán de incrementar su tasa de interés de referencia. Cuatro de cada cinco préstamos vigentes están denominados a tasa variable, ya sea vinculados a la TBP o a alguna otra tasa de referencia.
Uno de los efectos más nocivos de un incremento en tasas de interés es la afectación sobre el crecimiento económico. En el caso del sector financiero la transmisión se da a través de la disminución en la demanda de crédito, pero también ocurre con una menor disponibilidad de fondos para prestar, pues el incremento en la morosidad o la degradación de la clasificación de un deudor obliga a los bancos a destinar mayor capital para provisiones por incobrables, lo cual disminuye la oferta de fondos prestables.
Esta reforma reglamentaria se antepone a las épocas difíciles que la economía experimentará el país en los próximos meses. En consecuencia, está bien encaminada pues le da un respiro a los deudores, pero al mismo tiempo, mantiene la responsabilidad de las instituciones financieras de gestionar el riesgo de crédito, sin que ello se refleje en el capital regulatorio ni en los resultados financieros de los bancos.
Ya en el pasado este tipo de medidas han mostrado tener un efecto positivo sobre el sector financiero. Durante la época de la crisis del coronavirus se adoptaron medidas similares, sin que ello se haya reflejado de forma nociva sobre las entidades financieras, al tiempo que les dio alivio a los deudores.
Algo similar ocurrió durante la crisis financiera internacional de 2008-2009, lo cual refuerza la importancia de tener un sistema financiero blindado contra los efectos de crisis sistémicas.