Opinión

Una ley imperfecta pero necesaria

Representa una puesta al día de nuestra legislación penal frente a fenómenos delictivos que son reales, como la utilización de esquemas societarios para delinquir

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Con la promulgación de la ley número 9.699, nuestro país estableció la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Hasta junio de este año, a las entidades legales solo se les podía exigir la indemnización de los daños y perjuicios causados por un delito cometido por sus agentes, empleados o representantes, o bien, podían ser inhabilitadas para contratar con la administración pública en sede administrativa.








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