A partir del miércoles de la otra semana empezará a regir la Ley de Garantías Mobiliarias, que permitirá que las pymes y emprendedores puedan acceder a créditos con mayor cantidad de opciones de respaldo.
Así ahora se podrá presentar como garantía bienes (tangibles o intangibles), además de las cuentas por cobrar, cosechas, inventarios, contratos, marcas, propiedad intelectual, ganado, maquinaria y equipo, y otros bienes muebles.
El reglamento a dicha ley ya está listo y fue confeccionado por funcionarios del Registro Nacional, del Ministerio de Economía, Industria y Comercio, y del Ministerio de Comercio Exterior.
Welmer Ramos, ministro de Economía, Industria y Comercio, mencionó que hasta ahora el sistema financiero –al otorgar préstamos- se respaldaba principalmente en hipotecas y en prendas de vehículos.
“Las pequeñas empresas, la mayoría de sus activos, podríamos decir que el 90%, son activos muebles y no les están sirviendo para respaldar sus créditos. Eso hace que las tasas de interés sean muy altas, porque se consideran muy riesgosos y hacen que el acceso al crédito sea muy poco”, mencionó el ministro.
Sin embargo, se espera que esto cambie con la nueva norma, que fue promulgada el 20 de mayo del 2014, pero que entrará en vigencia hasta este año, ya que así se estableció en el transitorio de la misma ley.
De acuerdo con el jerarca, se espera que con este tipo de garantías la tasa de interés sea menor y que el crédito sea más accesible para las empresas más pequeñas.
Sistema Informático
El 20 de mayo también empezará a funcionar el Sistema Informático de Garantías Mobiliarias, que estará adscrito al Registro Nacional. Allí se inscribirán las garantías mobiliarias, producto de las obligaciones que se establezcan entre las entidades financieras o acreedores y los deudores.
Mauricio Soley, director de Bienes Muebles del Registro Nacional, explicó que es un sistema independiente, que no es parte del registro de bienes muebles, pero que estará a cargo de dicha dirección.
Este operará en línea y no se empleará papel.
¿Cómo funciona?
La información que se incluya en el sistema la agregará directamente el acreedor de la pyme. Este ingresará a través de la firma digital.
Los datos que se añadan no serán revisados por los registradores del Registro Nacional para determinar si el documento cumple o no con las normas jurídicas (lo que se conoce legalmente como calificación registral), de manera que será más rápido que cuando se inscribe una hipoteca o una prenda.
“Se le va a dar publicidad inmediatamente que el acreedor incluya la información”, dijo Soley.
Costo de inscripción
El costo de inscribir estas garantías será menor que las que existen actualmente. Este monto será definido este martes por la Junta Administrativa del Registro Nacional, con base en un estudio de costos.
“En la actualidad, si usted solicita una prenda sobre un bien, los timbres que se cobran sobre esa prenda van muy relacionados sobre el monto prestado, de tal manera que va escalonado. Con el sistema de garantías mobiliarias el costo o la tasa va a ser fija que ronda, generalmente, a nivel internacional, en los $15 y $20”, detalló Soley.
Además, el proceso de inscripción de otro tipo de garantías es más largo.
Por ejemplo, los plazos de inscripción de una prenda son de cinco días hábiles mientras el registrador hace toda la revisión, pero por diversas circunstancias pueden alargarse.
En el caso de las garantías mobiliarias la inscripción sería inmediata, luego de que el acreedor ingresa los datos.
Correcciones
¿Qué pasaría si el acreedor se equivoca en la información que ingresa?
El sistema está preparado para recibir correcciones, para lo cual se habilitará un formulario de modificaciones.
“La información que ahí se va a colgar es una información más de carácter publicitaria, indicándole a los posibles nuevos acreedores que ya sobre ciertos bienes puede existir una garantía", explicó Soley. "Como no hay calificación registral, tampoco está respaldada por la fe pública registral, pero sí por una fe de publicidad noticia”.
Otra de las novedades de la norma es que la garantía se puede ejecutar extrajudicialmente, es decir, sin necesidad de acudir a un juzgado para hacerla valer.
El artículo 57 de la ley establece que esta puede ser ejecutada por un “notario público, corredor jurado o por medio de un fiduciario, sin necesidad de procedimientos judiciales”.
Funcionamiento del Sistema Informático de Garantías Mobiliarias-El acreedor garante ingresa al sistema por medio de la firma digital. -Compra el formulario correspondiente. -Se despliega el formulario para ingresar los datos del acreedor (nombre, número de cédula, domicilio contractual de la garantía, entre otros). -También se debe incluir la información de los bienes que se están dando en garantía (se hace una descripción), del deudor y del monto garantizado. -No existe intervención de un registrador para revisar que los datos que se incluyan vayan de acuerdo con las normas jurídicas, por lo que se trata de una publicidad noticia y no de una publicidad registral (no hay responsabilidad del Registro Nacional, pues la información no pasa por funcionarios del Registro). El trámite es más rápido y menos costoso. -La información queda disponible en el sistema para ser consultada, especialmente por futuros acreedores de la pyme con el fin de comprobar si el bien que se quiere poner a responder ya está garantizando otra obligación financiera. Fuente: Mauricio Soley, director de Bienes Muebles del Registro Nacional. |