Por fin: con el número 9.635, Costa Rica recibió, el 4 de diciembre de 2018, la primera reforma tributaria que incide estructuralmente en los dos impuestos más importantes: el tributo sobre la renta y el impuesto general sobre las ventas.
En relación con el primero, reiteremos que no se terminó de plasmar el intento de globalización que impulsó el nuevo gobierno, sino que se mantuvo la tesis del impuesto dual.
Claramente, la redacción del párrafo cuarto del artículo primero –modificada respecto a su versión anterior–, cede frente a las disposiciones que excluyen al salario de la renta empresarial, o que definen como pasivas forzosas las rentas de títulos valores regulados, dividendos y alquileres pasivos. Y es muy importante tener en cuenta, para nuestro análisis, el deber de declarar las ganancias y pérdidas de capital –especialmente para su diferimiento– y separar los diferenciales cambiarios empresariales de los pasivos.
En cuanto al IVA, son importantísimos los cambios de ampliación de la base: bienes –más amplio que mercancía– y servicios –todo aquello que no es un bien–; sin perjuicio de gazapos como gravar y exonerar al mismo tiempo la educación privada, o dejar en el limbo la condición de gravado o exento al Estado, algo vital para efectos del crédito.
Las reglas sobre aplicación de créditos a operaciones con derecho a crédito y sin este son complejas. No cabe duda de que la profundidad de estas reformas, y de otros controles que entrarán a regir en el 2019 –como el registro de beneficiaros finales y el impuesto de sociedades, etc.–, nos obliga a todos los contribuyentes a ver los impuestos con otros ojos.
Todos, sin excepción, nos veremos obligados a llevar la contabilidad más básica. ¿Cómo podríamos, sin ella, identificar la titularidad de participaciones accionarias, o los bienes que ostentan esos vehículos legales; o el costo de nuestros elementos patrimoniales; o cuantificar nuestras ganancias de capital?
El régimen cedular nos hizo fiscalmente informales, y muchos contribuyentes han pagado caro la falta de información sobre su comportamiento tributario. Pues que el IVA y las ganancias de capital sean acicate para que entremos en un ambiente de formalidad, en beneficio nuestro y de nuestro patrimonio.