La Ley de Alivio Fiscal, promulgada para enfrentar la emergencia generada por el COVID- 19 (Ley 9830), estableció que el Impuesto al Valor Agregado (IVA) devengado en los meses de marzo, abril y mayo, se podría pagar al Ministerio de Hacienda a más tardar el 31 de diciembre de este año, sin que se deba pagar ningún tipo de interés.