Leyes dan la posibilidad al patrono de finalizar la relación laboral sin causa justificada, pero en resoluciones recientes la Sala Constitucional consideró esta práctica como contraria a los derechos fundamentales del trabajador
El plan fiscal es insuficiente para transformar nuestras finanzas públicas, por lo que ahora es imperativo avanzar hacia un capítulo 2, que debe incluir cuatro reformas importantes. De otra forma, el sacrificio hecho para aprobar el proyecto fiscal obtendrá menos de la mitad de su potencial retorno.
La lentitud en la declaratoria de la huelga, las dificultades que enfrentaron los jueces para notificar a los sindicatos y la paralización de los servicios esenciales, son tres aspectos que ponen contra las cuerdas a la histórica reforma.
En una suerte de profecía, los abogados laboralistas Paola Gutiérrez y Marco Durante alertaron, desde finales del 2015, que la nueva Reforma Procesal Laboral parecía pensada para facilitar que se dieran más movimientos de huelga en el país.
La Reforma Procesal Laboral establece que se debe agotar de previo las alternativas procesales de conciliación, es decir, la ley establece que antes de la huelga los trabajadores no se pueden suspender sus labores hasta que hayan agotado las alternativas de conciliación.
Del 26 de julio a diciembre del 2017 se concluyeron 2.042 asuntos después de un mes y una semana de proceso. Mientras que de enero a junio de este año, se finalizaron 7.072 conflictos tras cuatro meses de espera.
Desarrollo de políticas, documentación y capacitación de colaboradores siguen siendo áreas débiles en la implementación de la ley.
Para cumplir con el artículo 454 del Código de Trabajo, también era necesario recurrir a la fuerza laboral. Por eso la Defensa Pública debió contratar a 72 abogados para ubicarlos en 23 oficinas en todo el país.
Desde el pasado 25 de julio todo empleado público que renuncie o se vaya a acoger a la pensión y que tenga un proceso disciplinario pendiente en su contra, no podrá cobrar sus prestaciones. Esta es la realidad que deberán enfrentar los empleados públicos con procesos administrativos abiertos, después de la entrada en vigencia de la Reforma Procesal Laboral.
Las administraciones deben conocer por escrito las políticas de sus proveedores