A pesar de los intentos realizados por el Instituto Nacional de Seguros (INS) para evitarlo, finalmente se verá obligado a revertir un ajuste contable por ¢21.479 millones en el seguro obligatorio de Riesgos del Trabajo (RT), a más tardar el próximo 17 de octubre. La entidad reaccionó este 9 de octubre, al conocerse la decisión.
De esta manera continúa la disputa que se inició el pasado 21 de mayo, cuando la Superintendencia General de Seguros (Sugese) le solicitó a la aseguradora una medida correctiva que implicaba revertir el ajuste contable en las ganancias de ese ramo.
La solicitud surgió porque dicho ajuste no constaba en los estados financieros intermedios al 31 de diciembre del 2024, pero la aseguradora lo registró en los estados financieros auditados para ese período y lo remitió a la Sugese en febrero del 2025.
El ajuste correspondía a una disminución en la provisión matemática del ramo, derivada de la derogatoria de ciertos beneficios por parte de la Junta Directiva del INS.
Sin embargo, la Sugese determinó que esta decisión fue valorada y aprobada por la Junta Directiva hasta enero del 2025, por lo que el registro contable debía efectuarse en el ejercicio 2025 y no en el cierre del 2024.
Según la Superintendencia, el registro retroactivo no cumplía con los criterios de reconocimiento contable establecidos en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).
Ante el requerimiento de la Superintendencia, el INS presentó una medida cautelar en el Tribunal Contencioso Administrativo el 27 de mayo, que fue inicialmente rechazada el 13 de junio anterior.
Posteriormente la aseguradora planteó un recurso de apelación que también fue rechazado, el pasado 30 de septiembre, por el Tribunal de Apelaciones. Esto ratificó la resolución 2025005821 de primera instancia, por lo que el Instituto deberá acatar lo dispuesto por la Sugese.
Implicaciones
Según la Sugese, la medida se adopta en el marco de las funciones de la Superintendencia de garantizar la estabilidad y el funcionamiento eficiente del mercado asegurador costarricense, así como de proteger los intereses de los asegurados mediante información veraz y completa.
En un plazo de 10 días hábiles, el INS deberá revertir el asiento contable por ¢21.479 millones y registrarlo en el periodo 2025.
Además tendrá que modificar los estados financieros auditados al 31 de diciembre del 2024 y toda la información financiera del 2025 que haya sido afectada, así como incorporar la corrección correspondiente.
También se verá obligado a divulgar un hecho relevante ante el público en un plazo de cinco días hábiles, conforme a la normativa vigente.
“La información financiera de las aseguradoras debe reflejar fielmente la realidad económica de los hechos, con el fin de darle transparencia al mercado y cumplir con la normativa vigente. Esta resolución refleja la aplicación rigurosa de los principios de supervisión que guían nuestro trabajo”, dijo el superintendente general de seguros, Tomás Soley, mediante un comunicado este 9 de octubre.
INS responde
Cumpliendo con lo indicado en la resolución emitida por la Sugef, el INS confirmó a El Financiero que realizará el ajuste contable ordenado por dicha entidad.
Según la aseguradora, el Tribunal de Apelaciones consideró que la medida cautelar planteada se fundamenta en motivos razonables y que existe un “daño calificado de naturaleza potencial” para el Régimen de Riesgos del Trabajo del INS, al reversar el registro contable del 2024 tal y como lo solicitó la Sugese. No obstante, dicho tribunal concluyó que no es viable conceder la medida cautelar.
“Por lo tanto, el INS procederá a cumplir con la orden de la Sugese y realizará el ajuste contable en el plazo concedido. De esta forma, la aseguradora costarricense reafirma su compromiso con la transparencia y el cumplimiento de la normativa vigente”, dijo por medio de su Departamento de Comunicaciones.
Sin embargo, añadió que “la aseguradora continuará con el proceso judicial buscando que se declare inválido el acto, debido a que consideramos que el Instituto Nacional de Seguros tiene razones sólidas que respaldan su posición”.
Según la aseguradora, la resolución implica que el INS no cerrará el 2024 con ₡90.143 millones de utilidades, sino con ₡69.000 millones de utilidades y esos ₡21.000 millones se trasladarán para este año 2025.
Antecedentes
Hasta el 6 de noviembre del 2024, el INS era la única entidad que ofrecía el seguro obligatorio de RT. No obstante, en esa fecha, la Sugese autorizó el registro de la empresa Oceánica (MNK Seguros) para ofrecer ese tipo de cobertura.
La entrada en operación de otra entidad aseguradora significó un cambio en las condiciones de mercado, por lo que el INS decidió valorar distintas medidas para enfrentar la competencia.
Entre estas medidas, se propuso eliminar una serie de beneficios que el INS otorgaba desde 1990 como parte del seguro de RT, que eran adicionales a los establecidos en el Código de Trabajo. Así lo explicó Luis Fernando Monge, gerente general del INS, en una entrevista con El Financiero realizada en junio.
El 9 de diciembre de 2024 se llevó a cabo un ejercicio para cuantificar el monto de un ajuste derivado de la eliminación de aquellos beneficios, según lo describe el documento de la medida cautelar presentada por el INS contra la Sugese.
Finalmente, el 21 de enero de este año, la Junta Directiva acordó derogar dichos beneficios en el seguro de RT.
Al eliminarse esos beneficios, ya no correspondía asignar una partida para atenderlos. Por ello se determinó la liberación de una provisión registrada contablemente para el 2024 por ₵21.479 millones, que se trataba de una reserva para hacer frente a aquellos beneficios otorgados voluntariamente.
En otras palabras, ese monto corresponde al excedente que le queda al INS por dejar de brindar los beneficios adicionales, el cual se registró como una ganancia en los estados financieros auditados al 31 de diciembre de 2024.
Precisamente, esto fue lo que motivó la resolución emitida por la Sugese el 21 de mayo, en la cual se ordena reversar el ajuste contable y registrarlo en el 2025, dado que el cambio fue aprobado por la Junta Directiva en enero de este año.
En aquel momento, Monge dijo que la reversión solicitada es improcedente, dado que el excedente no se originó en este año.
Según los argumentos expuestos por el INS al solicitar la medida cautelar, acatar la orden de la Sugese podría afectar el equilibrio financiero del seguro de RT, al reducirse la reserva de capital con la que se cuenta para hacer frente a resultados deficitarios del régimen.
“Como lo advierte la propia Sugese, permitir que una aseguradora evite temporalmente una orden correctiva, mediante una medida cautelar, debilita la función supervisora que le ha sido legalmente conferida, y abre un precedente adverso para la disciplina regulatoria del sector. La corrección oportuna de inconsistencias contables no es un interés menor, pues resguardar la veracidad de los estados financieros auditados es una condición indispensable para que los usuarios del mercado —inversionistas, asegurados, patronos y otros actores— tomen decisiones informadas y confiables”, dice la resolución del tribunal, divulgada este 9 de octubre por la Sugese.
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