El presente 2020 ya era un año que exigía a los negocios y a las personas emprendedoras mantener la atención sobre los detalles en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
La crisis generada por el COVID-19 y las medidas aprobadas en primera instancia para marzo, abril y mayo también demandan más y nuevos cuidados.
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Así que es muy probable que se tengan múltiples dudas respecto a los procesos, documentos, declaraciones, pagos y fechas, entre otras.
Por tal razón, no tenga dudas en recurrir al Ministerio de Hacienda y a otras entidades, como el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica.
La Universidad Fidélitas también dispone, a través de sus Núcleos de Asistencia Fiscal, de un servicio virtual y sin costo de asesoría sobre temas tributarios, empresariales, contables y financieros.
Este servicio se enfoca en negocios y personas que, por diversas circunstancias, tienen dificultad para contratar asesoría o asistir a la administración tributaria para evacuar consultas.
Se trata de una acción social que realizan estudiantes avanzados de la carrera de contaduría y administración de empresas de la Fidélitas, de la mano de un profesor, y en alianza con el Ministerio de Hacienda y El Parque La Libertad.
Los servicios se brindan los lunes de cada semana a partir de las 10 a.m., coordinando cita por 2276-9400 o por correo naf@ufide.ac.cr
La asistencia incluye temas como: inscripciones, desinscripciones, modificación de datos registrados, actualización de datos, elaboración y presentación de las nuevas declaraciones de impuestos, pago de impuestos y presentación de la declaración informativa.
El año fiscal 2019-2020 es atípico, al cubrir 15 meses (del 1 de octubre de 2019 al 31 de diciembre 2020).
En diciembre próximo, además, los contribuyentes deben incluir en sus comprobantes electrónicos los códigos indicados en el catálogo de bienes y servicios (CAByS), para lo cual deben ir preparándose desde ya.
Además, se deben tener en cuenta las directrices y procedimientos aprobados en la Ley de Alivio Fiscal ante el COVID 19, cuyos efectos afectan incluso hasta el mes de diciembre de 2020.
Esta ley incluyó la exoneración en el cobro del IVA en alquileres comerciales, la moratoria en el pago del IVA, así como el diferimiento para diciembre próximo del adelanto parcial del impuesto sobre la renta correspondiente a los meses de abril, mayo y junio.