Economía y Política

Columna Tributaria: Proyecto de resolución de cambio de periodo fiscal

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La Ley del Impuesto sobre la Renta y su reglamento, establecen que la Dirección General de Tributación (DGT), mediante resolución fundada, está facultada para establecer, un período fiscal especial –diferente al ordinario, que comprende del primero de octubre de un año al 30 de setiembre del año siguiente– para el impuesto sobre la renta, por rama de actividad o la situación especial de que se trate.








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