La histórica transacción de $3.250 millones entre Fifco y Heineken por el manejo de las marcas de bebidas, alimentos y retail, viene blindada con estrictas cláusulas contractuales que definen no sólo las condiciones del cierre del acuerdo, sino también las multas que ambas partes deberían pagar en caso de incumplimiento. La información se desprende de un folleto informativo que la empresa costarricense distribuyó al público general en su sitio web.
Si bien la junta directiva de Fifco recomendó a sus accionistas votar a favor de la transacción, el movimiento todavía debe ratificarse en la próxima asamblea, a realizarse el martes 7 de octubre. De igual forma, la operación debe ser aceptada por la Comisión para Promover la Competencia (Coprocom) de Costa Rica y su equivalente en otros países donde tiene impacto el negocio.
Hay que recordar que el movimiento tiene repercusiones no sólo en Costa Rica, sino también en otras naciones centroamericanas y México. Solo la división de Estados Unidos tiene un trato diferenciado en el convenio.

¿Qué dicen las cláusulas?
Aunque en primera instancia luce poco probable que el trato entre estas empresas cerveceras se caiga, para evitar contratiempos con el curso de la operación se agregaron varias cláusulas. Para Fifco, el mayor riesgo inmediato es una penalidad de $100 millones si los accionistas no ratifican el acuerdo.
Si la Asamblea General de Accionistas no aprueba el acuerdo por mayoría en la reunión del 7 de octubre, se otorga a Heineken la posibilidad de dar por terminado el contrato. Incluso, en el folleto señala que el plazo máximo para cumplir con la aprobación es de 18 días una vez oficializada la operación. Es decir, del día del anuncio oficial —22 de septiembre— a la fecha de la reunión, pasarían 16 días.
Si la mayoría de accionistas vota negativamente, Fifco está obligada a pagar una “tarifa de ruptura” o “termination fee” a la cervecera neerlandesa por unos ₡50.700 millones al tipo de cambio del 30 de septiembre.
Ahora bien, si la transacción no es aprobada por las autoridades que regulan la competencia en alguna de las jurisdicciones en las que el negocio tiene injerencia, entonces será Heineken la que deba pagar una indemnización a Fifco. Según se detalla en el folleto, el monto a pagar también será de $100 millones en caso de que el negocio deba disolverse por la imposibilidad de obtener las aprobaciones regulatorias requeridas.
De acuerdo con Eric Scharf, abogado especialista en fusiones y adquisiciones, la regla general con las contingencias futuras es que cualquiera que se llegue a materializar posterior al cierre, pero se origine de algún evento o circunstancia previa a la fecha de convenio, debe ser asumida por los vendedores. En la misma línea, contingencias que resulten de eventos posteriores al cierre ya son responsabilidad del comprador.
“Si la transacción se cierra el 30 de setiembre de 2025 y el 15 de octubre siguiente Tributación hace una auditoría por declaraciones de impuestos del año 2023, cualquier condenatoria o sanción relacionada con esa auditoría tendría que ser asumida por los vendedores, pues se trata de un evento previo al cierre”, dijo el especialista a manera de ejemplo sobre el funcionamiento de los contratos.
Además, lo más común es que el comprador deposita una porción del precio en un fideicomiso de garantía por un plazo determinado, para hacerle frente y poder pagar esas contingencias originadas de eventos pasados que le correspondería pagar al vendedor. “Eso sí, se suele regular un procedimiento bien detallado para permitirle al vendedor “defender” esas contingencias y tratar de evitar la condenatoria y pago", agregó el abogado.

El fondo de garantía
Además de la penalidad por ruptura, el contrato establece un fondo o fideicomiso de garantía (Escrow) para proteger a Heineken de futuras contingencias relacionadas con la operación de Fifco antes de la venta. Se acordó retener en este fondo la suma de $150 millones, lo que representa el 4,6% del valor total de la compra. Este fondo tiene como objetivo cubrir posibles contingencias postcierre, incluyendo reclamos de índole fiscal, laboral o de cualquier otra naturaleza que puedan surgir en los mercados donde Fifco tiene operaciones.
El fondo de garantía se establece como el único recurso financiero o “remedio” disponible para Heineken ante cualquier reclamo futuro derivado de la transacción, con la excepción expresa de casos de fraude. Complementariamente, el acuerdo subraya la necesidad de asegurar el cumplimiento de todas las obligaciones y garantías contractuales estipuladas.
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Además, la liberación final del escrow está supeditada a que Fifco no realice cambios sustanciales que alteren el curso normal del negocio antes de la fecha definitiva de cierre de la transacción. Según Rolando Carvajal, CEO de Fifco, se espera que la operación quede en firme en el primer semestre del próximo año.
Este monto no se libera inmediatamente a Fifco, sino que se desembolsa gradualmente, sujeto a que Heineken no presente reclamos por incumplimientos o problemas tributarios:
- 12 meses después del cierre: Se liberan $100 millones.
- 24 meses después del cierre: Se liberan $40 millones adicionales.
- 48 meses después del cierre: Se libera la suma remanente.
El acuerdo en breve
La transacción que se dio a conocer la semana pasada representa el 78% de los activos, el 93% de las ventas netas y el 88% de la utilidad neta atribuible a los accionistas de Fifco tomando como referencia los estados financieros del 2024. La empresa de Países Bajos está comprando el 75% de la participación en los negocios y marcas de Costa Rica, otros mercados de Centroamérica y México.
El precio total de $3.250 millones no fue una cifra al azar. Se calculó con el valor completo de la compañía como si no tuviera deudas. A ese valor se le restaron los préstamos y las obligaciones a corto plazo para obtener el valor real de las acciones de Fifco. Luego, ese resultado se multiplicó por el 75% que Heineken está comprando, y se le sumó el valor de los negocios de Nicaragua y Panamá. Así se confirmó la cifra millonaria de la transacción.
Una vez que se complete la venta y se paguen todos los impuestos y gastos legales, se estima que los accionistas recibirán una ganancia neta, o “pago extra”, que oscilará entre $3,25 y $3,55 por cada acción que posean. Este monto final dependerá de si se logra recuperar la totalidad del fondo de garantía de $150 millones que se dejó apartado para cubrir posibles problemas. Si no hay reclamos de Heineken en los próximos cuatro años, ese dinero se libera y aumenta la ganancia de los dueños de las acciones.
Desde el 2002, Heineken tenía el 25% de participación en las categorías de negocio de bebidas, alimentos y retail y de acuerdo con Carvajal, hace algunos meses esta compañía se les acercó con una propuesta para comprar el resto de la participación por más de $3.000 millones. Una vez que la compra se haga efectiva, marcas reconocidas como Imperial, Pilsen, Bavaria, Musmanni, Musi o RePÚBlica Casa Cervecera cambiarán de manos.
El CEO indicó que desde que empezó la relación comercial entre ambas firmas cerveceras como socias, la firma neerlandesa tenía la primera opción para adquirir el resto de la participación.
Con esta realidad, la empresa de capital costarricense se quedará solamente con sus negocios inmobiliarios, es decir, los hoteles W Costa Rica y Westin Reserva Conchal en Guanacaste, así como sus proyectos residenciales precisamente en Conchal. También se mantendrán en el segmento del vidrio, con la empresa Comegua S.A.
En el caso de la operación en Estados Unidos, que involucra marcas como Labatt, Lipton Iced Tea y Seagram´s Escapes, tanto Fifco como Heineken trabajarán en conjunto para buscar alternativas que permitan maximizar su potencial. Incluso, en el folleto distribuido a los accionistas se menciona la posibilidad de una venta a un tercero.
Fifco designó a BofA Securities (Bank of America) como su asesor financiero para toda la transacción, incluyendo las negociaciones con Heineken, hasta la firma de los contratos finales de compraventa. Se firmaron dos contratos, uno para empresas controladas y otro para no controladas, ambos bajo la Ley de Nueva York y con la participación de la firma legal Latham & Watkins LLP de esa ciudad en conjunto con BLP Legal de Costa Rica.