La ley 10.165 permite sustituir la sanción tributaria del cierre de negocios por una multa de ¢115.550, si se cumplen ciertas condiciones.
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Como con todos los seguros, la Junta Directiva de la CCSS debe basar su cuotas en los costos y en la probabilidad de ocurrencia de los riesgos asegurados.
El diferencial cambiario no resulta gravable por el solo hecho de ser contabilizado.