Quienes esperan un acto formal del Gobierno −similar al del pasado 17 de setiembre− que sirva como palestra para la presentación de la propuesta 2.0 para negociar con el Fondo Monetario Internacional (FM), quizás deberían cambiar sus expectativas.
La segunda versión del plan para sentarse con la misión del Fondo a partir del próximo 11 de enero se ha dado a conocer a cuenta gotas en reuniones con los jefes de fracción y en publicaciones de medios de comunicación.
Elian Villegas, ministro de Hacienda, explicó en entrevista con EF que la mayoría de detalles de la iniciativa base para iniciar conversaciones con este organismo multilateral ya trascendió, solo quedan por definir las medidas para aumentar ingresos en un 0,6% del Producto Interno Bruto (PIB).
Eso sí, entre las acciones que se evalúan para conseguir esa meta se encuentran dos de las propuestas más polémicas y que en meses anteriores despertaron mayor rechazo por parte de diversos sectores. Se trata de aumentar la tarifa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en un punto porcentual o apostar por el tributo a las transacciones bancarias.
¿Qué se sabe del plan para buscar un ajuste fiscal con la ayuda financiera del FMI?, ¿cuáles son las propuestas conocidas?, ¿qué tipo de metas se plantea el Gobierno?
EF ahonda en el tema con base en documentos presentados ante los legisladores en los últimos días y declaraciones del ministro de Hacienda a este medio.
La meta: superávit primario
En una presentación privada el lunes 14 de diciembre −de la cual EF tiene copia−, Elian Villegas manifestó a legisladores de diferentes bancadas que el plan 2.0 tiene como meta principal revertir el déficit primario (ingresos menos gastos) hasta convertirlo en un superávit del 1,2% del producto nacional a partir del 2023.
Para lograrlo propondrán medidas de corto plazo orientadas a estabilizar la adversa coyuntura de las finanzas públicas y otras de mediano plazo de carácter temporal y estructural. Sin embargo, no ofrecen detalles puntuales sobre unas y otras.
La nueva propuesta, promete el Gobierno, tiene tres características: es equilibrada, es decir, no se recuesta sólo en nuevos impuestos; es progresiva, lo que significa que carga más a quienes tienen mayores ingresos; y es suficiente para alcanzar la meta.
Fe en la regla fiscal
Uno no de los componentes más importantes de la propuesta es la ya existente regla fiscal aprobada en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (9.635), desde el 3 de diciembre del 2018; pero levantada para municipalidades y otras entidades estatales.
El Gobierno prevé que la aplicación de la regla, que se hará más estricta a partir del 2022 cuando la relación deuda/PIB supere el 80%, se convertirá en una de las principales camisas de fuerza sobre el gasto corriente.
Mientras que en 2021 este rubro crecerá a un ritmo del 4,14%, a partir del 2022 tendrá tasas de aumento que no llegan al 2%. Esto limitará el gasto gubernamental en rubros clave como remuneraciones, transferencias corrientes y bienes y servicios.
La meta del Ejecutivo es reducir el gasto corriente del 16,4% del PIB en 2020 al 13% en 2025, un recorte del 3,45 puntos porcentuales, con la aplicación de la regla fiscal de manera estricta sobre los diferentes componentes de este rubro.
Sin embargo, para futuros Gobiernos la aplicación de la regla fiscal puede convertirse en una limitante para inversiones de capital y otros gastos que −especialmente en los primeros dos años de administración− son fundamentales para cumplir objetivos políticos y promesas de campaña.
Para el economista José Luis Arce esta podría ser una de las principales barreras que enfrentará la regla fiscal y que podría verse amenazada en el futuro de acuerdo con diferentes visiones o intenciones según la línea del nuevo Gobierno.
La duda en ingresos
El aumento total en ingresos que persigue el Ejecutivo es de 1,63% de la producción nacional para el 2023. Actualmente se pusieron sobre la mesa cuatro medidas que en conjunto suman un 1,03% del PIB, en caso de ser aprobadas en el Congreso.
Falta un 0,6% del PIB que se debe discutir y negociar, según el Gobierno, con las diferentes bancadas legislativas para explorar su viabilidad política a futuro. Estas acciones son las más importantes porque deberán rendir frutos casi de manera inmediata.
Para conseguir ese 1,03% del PIB, la propuesta busca gravar los premios de lotería mayores a ¢225.100, aplicar renta global, fijar el pago de un dividendo a empresas estatales como el Instituto Nacional de Seguros (INS), y eliminar un conjunto de exoneraciones.
El proyecto de ley del impuesto a los premios de lotería fue presentado a la Asamblea Legislativa el pasado 9 de diciembre y convocado a sesiones extraordinarias.
Mientras que el jueves 17 de diciembre se envió al Congreso el texto para eliminar cuatro exoneraciones. Se trata de levantar la exención del impuesto sobre la renta al salario escolar, medida con la cual esperan recaudar 0,12% del PIB anual.
También buscan quitar el 50% de la exoneración en el tributo de renta a los rendimientos de los fondos de pensiones con el fin de acreditarse 0,17% de la producción nacional.
Se harían ajustes a los gravámenes que se aplican a las rentas de capital, el primero es homologar la tasa al 15% para generar un rendimiento del 0,13% del PIB; y el segundo, es aumentar por dos años esa tarifa al 16,5%, lo que agregaría 0,02% al resultado.
Además, se aumentaría en cinco puntos porcentuales la tasa del impuesto sobre las remesas al exterior que actualmente inicia en 8,5% y llega hasta el 50%, según el tipo de bien gravado. Esta acción produciría un 0,14% del PIB para el fisco.
El Gobierno evalúa más de seis alternativas para completar el aumento de los ingresos. Dos de las más controvertidas son aumentar del 13% al 14% la tasa del IVA o aplicar un tributo a las transacciones bancarias.
En el caso de la tasa Tobin fue propuesta en la primera versión del plan para negociar con el Fondo. La idea era gravar con un 0,3% todas las transferencias bancarias durante dos años y luego bajar la tarifa al 0,1% durante un año más.
Con este tributo, Hacienda pretendía recaudar temporalmente 3% del PIB en los primeros dos años y luego 2% a partir del tercer año. La medida despertó el rechazo de muchos sectores.
Consultado sobre si planean proponer una tasa Tobin a transferencias de más de ¢1 millón o a transacciones bursátiles, Villegas recalcó que no tiene sentido hacerlo de esta manera porque las personas buscarán la forma de aplicar movimientos por montos menores para no pagar el impuesto.
“Subir el IVA y el tributo a las transferencias son dos de las opciones, pero hay más. Estamos buscando medidas de cosas que ya existen y que no afecten a la mayoría de las personas o empresas”, apuntó el jerarca.
Empleo público
El ministro de Hacienda envió una carta a los diputados, el jueves 10 de diciembre, en la que ofreció las cifras del ajuste fiscal que buscarán con el Fondo.
“El poder Ejecutivo hará un ajuste en materia de gasto del 1,5% del PIB entre 2021 y 2022. Para dicho ajuste es fundamental materializar la reforma al empleo público”, afirma la misiva enviada por Villegas.
El Gobierno convocó el lunes 14 de diciembre el proyecto de ley de empleo público para incorporarlo en la agenda durante el “megaperiodo” de sesiones extraordinarias de ocho meses que está en curso.
“Para que esta (ley de empleo público) tenga un impacto pronto y positivo en las finanzas es necesario hacer ajustes al texto actual, en la línea de lo que ha propuesto la ministra de Planificación (Pilar Garrido)”, aseveró el jerarca.
La Procuraduría General de la República (PGR) resolvió el pasado 24 de noviembre que el salario global, propuesto en el proyecto de empleo público, se puede aplicar a todos los funcionarios del Estado, los antiguos y los que se contraten en el futuro.
“En lo que respecta al salario, hemos indicado en nuestra jurisprudencia administrativa que en el empleo público el sistema salarial puede modificarse a futuro, siempre que no se afecte el monto global del salario, el cual no puede ser rebajado ni disminuido”, señaló la opinión jurídica de la PGR.
El documento describe que se puede hacer bajo dos supuestos: siempre que se respete el derecho adquirido al salario total actual y mientras se considere la mutabilidad propia del régimen objetivo estatutario.